Opinión

7 de febrero

7 de febrero

El presidente René Preval termina su mandato el 7 de febrero. Ante la imposibilidad material de celebrar la segunda vuelta y juramentar al candidato ganador antes de ese día, se producirá una vacante, implementándose el mecanismo de la sucesión presidencial establecido en la Constitución haitiana.

El destacado jurista Milton Ray Guevara, en su artículo Imbroglio constitucional haitiano, publicado en El Caribe, cita el artículo 149 de la Constitución haitiana que dispone:

“En caso de vacancia de la Presidencia de la República por la causa que sea, el presidente de la Corte de Casación de la República o en su defecto, el vicepresidente de la Corte, o en su defecto, el Juez de mayor edad, es investido provisionalmente de la función de Presidente de la República por la Asamblea Nacional debidamente convocada por el Primer Ministro. El escrutinio para la elección de un nuevo presidente se efectuará no antes de 45 días ni después de 90, luego de la apertura de la vacancia, de conformidad a la Constitución y a la Ley Electoral. El artículo 149.1 prohíbe que el Presidente provisional pueda ser candidato en la más próxima elección presidencial”.

No hay lugar a soluciones creativas al margen de la Constitución. No hay otras opciones ni tampoco hay lugar a imponer recetas importadas ni del pasado. El pueblo elegirá en la segunda vuelta entre Mirlande Manigat y Michel Martelly.

Los días de Préval en la presidencia están contados. Se especula que su reciente visita sorpresa a República Dominicana, fue para solicitar que el gobierno le permita residir temporalmente aquí, después del siete de febrero. Dado el precedente de  que ha sido acogido el expresidente Manuel Zelaya, y de que, incluso el primer ministro haitiano, Jean-Max Bellerive, tiene residencia en República Dominicana, es muy probable que esta solicitud sea concedida.

El Nacional

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