Opinión

80 años al feminicidio

80 años al feminicidio

Ante la vorágine y el torbellino de tantos asesinatos cometidos bajo la falacia de la pasión, por la ferocidad de hombres cobardes y mezquinos contra mujeres, ex novias y amantes indefensas, cuando en verdad, por amor no se mata, es preciso que nuestras mujeres y las diferentes agrupaciones, instituciones oficiales y el país, se levanten con la realización de una marcha simultánea, el mismo día y hora, en la ciudad capital y en toda la República Dominicana.

Esta actividad sería para repudiar el feminicidio y diversos crímenes contra mujeres, marcados sus rostros y vidas por el “ácido del Diablo”, y solicitar al Congreso verdaderas sanciones contra estos flagelos.
Es urgente que el primer poder del Estado proceda a reformular transitoriamente los artículos 303-1, 303-2, 303-3, 304-4, 309, 309-2, 309-3, así las agresiones sexuales de los artículos 330, 331, 332,333,334, modificados por la ley 2497, del 27 de enero de 1997.

Estos crímenes contra la mujer, así toda agresión sexual, precedida o acompañada de actos de tortura contra niños, niñas, adolescentes o un hombre, por un ex cónyuge, conviviente, o la pareja consensual de la víctima, por varias personas, con uso de armas o amenaza de usarlas y el femenicidio deben sancionarse con una pena de 65 años de reclusión, y, como expresa el articulo 303-4, no serán admisibles circunstancias atenuantes. Así, modificar también los artículos 309-2, 309-3, aumentándose las penas de 10 a 40 años a las transgresiones contenidas en dichos textos.

Es plausible la inquietud del prestigioso semanario “Camino”, órgano de difusión del arzobispado de Santiago, donde sustenta en El Nacional, el domingo 10, página 7, lo siguiente: “Iglesia propone cadena perpetua para femenicidio” y considera como una barbarie los crímenes.

Aparte de nuestra sugerencia, nos solidarizamos con tan valiente iniciativa, ¡Felicidades a los editores de tan leído y destacado semanario! Al amigo capaz, talentoso, inquieto diputado Luisín Jiménez, autor de una gran moción, así a todas las mujeres, dominicanas o no, residentes en el país, copiamos el articulo 325 del vigente Código Penal, que dice: “Se considera homicidio o herida excusable, el crimen de castración, cuando haya sido inmediatamente provocado con ultraje violento hecho a la honestidad”.

A las mujeres y hombres que usan “ácido del Diablo”, canallas, destruyendo rostros, cuerpos, vidas y familias, algunas y algunos en libertad por la indefensión de sus víctimas, debe imponerles también de 25 a 60 años de prisión, porque junto a los femenicidas, no deberían salir de las cárceles. El Ministerio de la Mujer y otras entidades pueden organizar la marcha que hemos propuesto.

El Congreso puede legislar transitoriamente, hasta que proceda a la urgente modificación de nuestro obsoleto Código Penal, que todavía contiene multas de 1, 2 y 3 pesos, de acuerdo a los artículos 471, 475, y 479.

Las órdenes de protección a favor de mujeres amenazadas, son frecuentemente irrespetadas por sus verdugos, ya que éstas no saben donde acudir y que se actúe de inmediato. A concienzar a esas mujeres por las autoridades y la Policía Nacional.

Que se designen alguaciles para notificar las ordenes de protección a las mujeres.

El Nacional

La Voz de Todos