Opinión

A RAJATABLA

A RAJATABLA

El artículo 48 de la nueva Constitución establece que “toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, ideas y opiniones, por cualquier medio, sin que pueda establecerse censura previa”. Los numerales de ese apartado constitucional garantizan derecho a la información, libre acceso a fuentes noticiosas, secreto profesional y cláusula de conciencia del periodista y derecho a réplica.

Sabiamente, el constituyente  inscribió un párrafo que  condiciona el  disfrute de esas libertades al consignar que “se ejercerá respetando el derecho al honor, a la intimidad, así como a la dignidad y a la moral de las personas…”, con lo cual ratifica la voluntad del legislador expresada en la Ley 6132 sobre Difusión  y Expresión del Pensamiento y en los artículos 367 al 371 del Código Penal, que tipifica como delito la difamación e injuria.

La gran debilidad que acusa la prensa dominicana, a mi modo de ver es su  separación, por consentimiento o incompatibilidad,  con el lenguaje jurídico,  del que nunca ha debido divorciarse, si es que alguna vez  hubo matrimonio o  concubinato. Los medios de comunicación reflejan niveles de convivencia o confrontación entre  Estado y sociedad, pero no es su misión promover  avenencia filistea o  azuzar prefabricadas malquerencias.

El lenguaje jurídico, entendido como el uso  de vocablos que no confronten “el derecho al honor, a la intimidad, a la dignidad y a la moral de las personas”,  se constituye en la mejor garantía de una prensa sana y responsable.

Un tipo de comunicación basado en la  calumnia, maledicencia, expresión afrentosa, debilita al periodista y a una prensa que en vez de peña de libre pensadores se convierte en tribunal inquisidor donde cada medio  improvisa su propia hoguera y los paredones mediáticos se multiplican.

No se hable de imparcialidad como sinónimo de honor o vergüenza profesional, porque ese principio etéreo es incompatible con el ejercicio del periodismo, aún en el delicado quehacer del reportero que ha de limitarse a informar de un hecho,  como lo observó o como se lo contaron. Porque su relativa parcialidad quedará impresa  al jerarquizar  en sus relato los datos sobre la información.

Ningún “comunicador”,” columnista”, “comentarista” o “hacedor de opinión” está obligado a  ingerir  cicuta de imparcialidad, pero es su deber  obrar con honradez personal y  ética profesional,  atributos que se consolidan con el uso del lenguaje jurídico en la prensa.

El lenguaje jurídico puede  resumirse en el respeto a la presunción de inocencia y en el compromiso de  respetar la dignidad, el honor y la moral de las personas, que quiere decir  abstenerse  del uso de la infamia y la afrenta como dardos políticos lanzados desde la prensa.

El Nacional

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