El artículo 48 de la nueva Constitución establece que toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, ideas y opiniones, por cualquier medio, sin que pueda establecerse censura previa. Los numerales de ese apartado constitucional garantizan derecho a la información, libre acceso a fuentes noticiosas, secreto profesional y cláusula de conciencia del periodista y derecho a réplica.
Sabiamente, el constituyente inscribió un párrafo que condiciona el disfrute de esas libertades al consignar que se ejercerá respetando el derecho al honor, a la intimidad, así como a la dignidad y a la moral de las personas…, con lo cual ratifica la voluntad del legislador expresada en la Ley 6132 sobre Difusión y Expresión del Pensamiento y en los artículos 367 al 371 del Código Penal, que tipifica como delito la difamación e injuria.
La gran debilidad que acusa la prensa dominicana, a mi modo de ver es su separación, por consentimiento o incompatibilidad, con el lenguaje jurídico, del que nunca ha debido divorciarse, si es que alguna vez hubo matrimonio o concubinato. Los medios de comunicación reflejan niveles de convivencia o confrontación entre Estado y sociedad, pero no es su misión promover avenencia filistea o azuzar prefabricadas malquerencias.
El lenguaje jurídico, entendido como el uso de vocablos que no confronten el derecho al honor, a la intimidad, a la dignidad y a la moral de las personas, se constituye en la mejor garantía de una prensa sana y responsable.
Un tipo de comunicación basado en la calumnia, maledicencia, expresión afrentosa, debilita al periodista y a una prensa que en vez de peña de libre pensadores se convierte en tribunal inquisidor donde cada medio improvisa su propia hoguera y los paredones mediáticos se multiplican.
No se hable de imparcialidad como sinónimo de honor o vergüenza profesional, porque ese principio etéreo es incompatible con el ejercicio del periodismo, aún en el delicado quehacer del reportero que ha de limitarse a informar de un hecho, como lo observó o como se lo contaron. Porque su relativa parcialidad quedará impresa al jerarquizar en sus relato los datos sobre la información.
Ningún comunicador, columnista, comentarista o hacedor de opinión está obligado a ingerir cicuta de imparcialidad, pero es su deber obrar con honradez personal y ética profesional, atributos que se consolidan con el uso del lenguaje jurídico en la prensa.
El lenguaje jurídico puede resumirse en el respeto a la presunción de inocencia y en el compromiso de respetar la dignidad, el honor y la moral de las personas, que quiere decir abstenerse del uso de la infamia y la afrenta como dardos políticos lanzados desde la prensa.