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Ordenar el debate

En los medios de comunicación y las redes sociales se discute la viabilidad política de una reforma a la Constitución para adoptar nueva vez el sistema que posibilita una reelección consecutiva y después el nunca jamás. Se evoca que este régimen fue modificado mediante la reforma constitucional del 2010 por un pacto partidario para adoptar el actual de la reelección diferida e indefinida, a pesar de que en consultas populares realizadas en el 2006 la mayoría del pueblo afirmó preferir el denominado sistema norteamericano.

En paralelo, y también con amplia profusión mediática, surge una discusión técnico-jurídica sobre el procedimiento de reforma constitucional que aplicaría al artículo 124 sobre Elección Presidencial, en la cual algunos de los más connotados constitucionalistas, en declaraciones públicas o artículos de prensa, se dividen en dos exégesis encontradas: los que entienden la Constitución exige la figura del referendo aprobatorio para perfeccionar esta reforma y los que no lo entienden así. Otros juristas llegan a exigir la celebración de un referendo previo para consultar al cuerpo electoral sobre la necesidad de modificar el citado artículo constitucional.

Para el profesor Eduardo Jorge Prats, y “al margen de las virtudes y defectos de cada modelo de elección presidencial, es clave poder entender a cabalidad el marco jurídico de una reforma constitucional tendente al restablecimiento de la reelección presidencial en cualquiera de sus variantes, pues ello evita malentendidos casuales o deliberados que, tarde o temprano, contribuyen a que la verdad jurídica se disuelva en una Torre de Babel de lenguas incomprensibles entre sí y confusas para el público profano”.

Para que la ciudadanía pueda discernir mejor esta amalgama de opiniones jurídicas y proporcionarle rigor científico a este trascendental debate constitucional, la Fundación Equidad, Inc. reactiva sus actividades académicas de “pedagogía constitucional” (publicó en el 2001 la obra “Nuestra Constitución. Guía para entender la Constitución Dominicana”) al proponer la organización de un seminario académico para ordenar el debate sobre el procedimiento de reforma constitucional.

Se han identificado, entre los juristas que han manifestado públicamente su opinión respecto a la necesidad del referendo para perfeccionar la reforma del Art. 124, a los siguientes: Juan Manuel Pellerano Gómez, Radhamés Jiménez, Trajano Vidal Potentini, y Angel Lockward. Entre los que opinamos que la Constitución no manda el procedimiento agravado de reforma en el caso del sistema de elección presidencial: Eduardo Jorge Prats, Olivo Rodríguez, Nassef Perdomo, Cristóbal Rodríguez, Flavio Darío Espinal, Julio Cury y Carlos Salcedo.

La Fundación Equidad, Inc. se propone convocar este foro de interpretación constitucional e invitar a estos reputados juristas a realizar una ponencia el día del evento, así como a presentar un breve ensayo escrito cuyos textos serían luego recopilados en un volumen que publicaríamos junto a las conclusiones del foro. Para comentar y enriquecer este debate jurídico, también se consideraría invitar para comentar las ponencias a destacados profesionales del derecho como Francisco Álvarez Valdez, Servio Tulio Castaños y Luis Henry Molina, quienes también han expuesto sus opiniones sobre el tema.

Este seminario sería celebrado en un hotel de la capital un día de finales de mayo o principios de junio del año en curso, puesto que resulta imperativo ordenar el debate sobre el procedimiento de reforma constitucional del Art. 124.

El Nacional

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