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Analizan cobertura en seguridad social de residentes legales en RD

Analizan cobertura en seguridad social de residentes legales en RD

SANTO DOMINGO.-La cobertura en seguridad social de los residentes legales en el país, los convenios multilaterales iberoamericanos y los convenios bilaterales fueron los temas principales abordados durante el encuentro entre la Gerencia General del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) y embajadores acreditados en República Dominicana.

Una amplia representación diplomática a través de la Nunciatura Apostólica, se interesó en conocer el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), sus normativas y reglamentos por tal motivo cursaron una invitación al Gerente General del CNSS, Rafael Pérez Modesto, quien explicó a los embajadores acreditados en el país su aplicación, funcionamiento y beneficios.

Durante la actividad presidida por el Monseñor Jude Thaddeus Okolo, Nuncio Apostólico en República Dominicana, el funcionario detalló que la Ley 87-01 que crea el SDSS, regula y desarrolla los derechos y deberes recíprocos del Estado con de ciudadanos y residentes legales en lo concerniente a la protección de la población de los siguientes riesgos: Vejez, discapacidad, cesantía por edad avanzada, sobrevivencia, enfermedad, maternidad, infancia y riesgos laborales.

Resaltó que la resolución 377-02 del 12 de noviembre del 2015 modifica el Artículo 20, Numeral 20.3, Literal b), del Reglamento de Afiliación de Tesorería de la Seguridad Social (TSS) para facilitar la afiliación de extranjeros que cuenten con la Cédula de Identidad y a partir del Decreto 96 – 16 del 29 de febrero del 2016,  con los siguientes documentos: carnet expedido por la Dirección General de Migración, el documento definitivo emitido por el Ministerio de Interior y Policía en el marco del Plan Nacional de Regularización de Extranjeros para los migrantes que califiquen como afiliados al SDSS o el Pasaporte con Visa de Trabajo.

“Están cubiertos por las disposiciones del artículo 5 de la Ley 87-01 los ciudadanos dominicanos que laboran en los organismos internacionales dentro del país. Están excluidos, el personal radicado en el país de misiones diplomáticas extranjeras y de organizaciones internacionales y el personal expatriado de empresas extranjeras, en la medida en que estuviesen protegidos por sus propios regímenes de seguridad social”, dijo

Señaló que actualmente está en funcionamiento el Convenio Bilateral España –República Dominicana que facilita a los trabajadores de ambos países solicitar certificaciones de períodos cotizados que le servirá para la obtención de una pensión en su país de origen. Destacó que próximamente iniciará el convenio República Dominicana-Ecuador.

Durante la charla realizada en Nunciatura Apostólica se abordó el marco legal del Sistema, sus coberturas, principios rectores, beneficios, estancias infantiles y funcionamiento.  Al finalizar se realizó un intercambio de preguntas y respuestas entre los asistentes y el expositor.

El Nacional

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