Opinión

Autoritarismo

Autoritarismo

El Poder Judicial, se supone, es el garante de la aplicación rigurosa de la Constitución, las leyes y los tratados internacionales de los cuales el país es signatario. Por eso, eclipsa la esperanza constatar que echa por la borda esa trascendente misión cuando una acción emanada de su seno vulnera esos textos imperativos.

 La Carta Magna consagra el derecho a la libertad de asociación y de expresión, lo cual fue obviado por el más alto tribunal de la república al motivar la cancelación de una joven abogada a partir de su membresía a una entidad que participó en un acto de protesta por la impune corrupción pública y privada que incluyó al Poder Judicial, es decir, al órgano donde trabaja la profesional despedida.

 Yo participé de la actividad. Al llegar, no me pareció justo haber simbolizado la corrupción judicial en la figura del presidente de la Suprema Corte, pero ese error no significa que no exista corrupción en ese estamento público, sobre todo, si no reducimos el concepto a la simple venta de sentencias por dinero y, por el contrario, lo extendemos a otros factores como su inaceptable dependencia del poder político y económico. Estoy persuadido de que no hubo un peso de por medio en la sentencia del expediente Sun Land y, sin embargo, nadie me convencería de que no se trata de un caso divorciado de la ética y el decoro que debe adornar la función judicial.

 No se discute el derecho del empleador a poner fin de manera unilateral al contrato de trabajo con el empleado, pero la causa esgrimida puede adicionarle una connotación particular al desahucio que lo convierten en injustificado y, lo más importante, como en este caso, en la expresión de un autoritarismo de la peor naturaleza.

 ¿Cuál ha sido el delito? ¿Pertenecer a una entidad o participar en la actividad contra la corrupción? El grupo al que pertenece la joven cancelada no fue de los organizadores del evento, por lo que dicho colectivo, y mucho menos ella, no tuvieron responsabilidad en la inclusión del Poder Judicial y su máxima figura dentro de los personajes considerados corruptos.

 La fidelidad al centro donde se trabaja debe evaluarse por el cumplimiento de su normativa interna y la realización con eficiencia de las funciones asignadas. Sólo violar estos preceptos podría sustentar con legitimidad la separación de un personal. Si la manifestación de una convicción de que algo anda mal fuera suficiente para el despido, el propio presidente de la SCJ quedaría señalado como desleal al afirmar públicamente que el alto tribunal carece de un liderazgo cohesionador.

 Esas son manifestaciones adicionales de la precariedad institucional de una nación donde la ley de función pública es teñida por burladores blancos, rojos o morados, según el pintor de brocha gorda que embadurne las paredes de la administración pública dominicana. Idéntico a lo que sucede con la ley de educación, la de asignación de fondos a los ayuntamientos y la tristemente célebre del “si sube sube y si baja baja”.

 Todavía entre nosotros el carnet que acredita como compañerito, la ronquera producida en la vocinglería de campaña, la enllavadura con el guardia o colocar la cabeza en el escritorio del jefe, pueden más que una maestría, un doctorado o un sello personal de capacidad y honestidad. Aun así, tenemos la duplicidad de criticar episodios de intolerancia que se dan en otros litorales. Son las pajas del ojo ajeno, las que nos hacen olvidar las vigas del nuestro.

yermenosanchez@codetel.net.do

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