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Cartas de los lectores

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Propuesta de salud

Señor director:
Un estudio propuso estandarización de registros: atención ambulatoria, hospitalización, complementarios de hospitalización, auxiliares de diagnósticos, administración de recolección y resumen de datos, indicadores de gestión, epidemiológico, modelo de boletín, material de capacitación.

Todos los instrumentos de registros estandarizados fueron desarrollados en soporte papel, puestos a prueba en los hospitales, habiendo quedado pendiente licitación pública internacional, la misma que debió utilizar el diseño señalado, para llevarlo a plataforma electrónica, la que debió realizarse para finales del año 2004, pero que nunca se realizó, de igual manera que lo que se había desarrollado en los hospitales anteriormente señalados, fue descontinuado a partir de agosto 2004.

Se acordó solicitar asesoría a la Oficina Presidencial de Tecnología de la Información y Comunicación (OPTIC) tanto para el proceso elaboración del Pliego de Especificaciones Técnicas, como en los aspectos relativos a la plataforma para ser utilizada en principio en los hospitales y servicios ambulatorios de salud de las cinco provincias de la Región de la Frontera, para luego realizar los ajustes correspondientes y extenderlos a otras.
Tradicionalmente la H. Cl se inicia en el primer episodio de enfermedad y/o en el primer control de salud. La propuesta es que la H. Cl se inicie con el nacimiento y que el No. del Acta de Nacimiento sea el de la historia hasta los 16 años de edad en que se asuma el de Cédula, se hace necesario utilizar firma digital, el código de acceso debe ser autorizado por el MSP. Se procura:
dispone de antecedentes de embarazo y parto.
Mantener esquema de vacunación actualizada.
Contar con los antecedentes de los padres y familiares.
Dar seguridad al paciente. Acceso inmediato y en todo momento de la historia completa del paciente, evita la duplicidad de procedimientos y tratamientos.

Mejorar la calidad asistencial. Reducir el tiempo de consulta. Disponer de apreciable cantidad de registro de datos de utilidad para la investigación tal como lo manda el Art. 33 de la ley 42-01.

Al integrar grandes bases de datos de salud, sociales y económicos de miles de personas puede ser de gran utilidad para predecir las necesidades de salud de cada una de las Provincias, región y del país, que permitirá asignar prioridades y recursos.

Atentamente,

Daniel Guzmán

El Nacional

La Voz de Todos