Opinión

Caso Félix Bautista

Caso Félix Bautista

Es importante insistir en la naturaleza jurídica de la fase que en la actualidad se desarrolla en el proceso seguido al senador Félix Bautista. Es una etapa preliminar, en la cual, al juez de la instrucción se le presentan las pruebas que han sido recabadas en una investigación. Ese juez, ante todo, debe determinar la legalidad de tales pruebas y si esa oferta probatoria podría dar lugar a la realización de un juicio de fondo en el cual se declararía la culpabilidad o la inocencia del imputado.

Como se puede apreciar, a quien se está juzgando ahora no es al ciudadano sometido, sino al conjunto de pruebas recopilado por el ministerio público, para entonces continuar o no al juicio de fondo. Hasta ahora, las pruebas del caso que comentamos han sido examinadas por cinco jueces.

Al primero, Alejandro Moscoso Segarra, magistrado con enraizados vínculos con el partido del que el senador es secretario de organización, esas pruebas le parecieron insuficientes y dictó un auto de no ha lugar, es decir, consideró que la documentación que se le presentó no tiene contundencia para avalar un proceso judicial que debe culminar con una sentencia de absolución o de condena.

Los otros cuatro jueces conocieron el recurso de apelación incoado por el ministerio público contra esa decisión. Constituyó un precedente en la historia judicial dominicana que un tribunal de esa naturaleza haya sido constituido con un número par de jueces, lo cual no se hace para evitar lo que en efecto ocurrió: La votación fue dos a dos, por lo cual, no hubo definición y la instrucción debe ser realizada de nuevo.

Corresponde ahora completar el tribunal y la hipótesis más socorrida es que el presidente de la suprema corte de justicia designe un juez de corte de apelación para adicionarse a los cuatro anteriores.

Desde mi punto de vista, tal procedimiento no tendría sentido. Los cuatro jueces que conocieron la apelación tienen un criterio formado, repetir la instrucción sería una pérdida de tiempo porque respecto a ellos no tiene utilidad.

Lo peor es que, completar el tribunal con un nuevo juez, colocaría sobre una persona el destino del expediente, con la agravante de que una designación en esa circunstancia ofrece mayores posibilidades de manipulación.

En ese aspecto, lo más equitativo, lógico y acorde con el propósito de la justicia, sería designar cinco nuevos jueces para que conozcan el recurso auténticamente desde cero.

El Nacional

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