Opinión

Constitución y JCE

Constitución y  JCE

Namphi Rodríguez

A la memoria de Rafael Molina Morillo.

A lo largo de nuestra historia constitucional, la libertad, la transparencia pública y la participación ciudadana han sido tres anhelos de la sociedad dominicana. Una historia de constitucionalismo autoritario y presidencialismo desenfrenado han minado la azarosa vida institucional del país.

Prohombres como el presidente Espaillat, Luperón, Pedro Francisco Bonó, Américo Lugo o Juan Bosch, vieron eclipsar su pensamiento progresista por la ruda bota militar, el caudillismo rapaz y las apetencias incontenibles de las oligarquías económicas.

Tras un largo proceso de maduración política, República Dominicana se libró de esos atavismos históricos y a principios del 2010 parió una Constitución estable y normativa que contiene la promesa de un Estado social y democrático de Derecho.

En el iceberg de este Estado social está la participación de los ciudadanos en los mecanismos de democracia directa, el derecho de petición, el derecho de libre acceso a la información y la participación los interesados en el procedimiento administrativo.

En ese contexto, el proceder de la Junta Central Electoral (JCE) en la adopción de la resolución 03/17 sobre el derecho al nombre de las personas abandonas es irrazonable. Su procedimiento ha estropeado todos los cánones democráticos, concebidos en la Constitución no como un regalo, sino como derechos de las personas.

Amén de las disposiciones de las leyes 200-04, de Acceso a la Información Pública, y 107-13, de Procedimiento Administrativo, los artículos 49.1y 138.2 de la Constitución son claros, la Administración tiene que agotar el trámite de información púbica o de audiencia previo a la emisión de toda norma de carácter general.

Todos apoyamos una solución digna al problema del derecho al nombre de las personas abandonadas, pero esa respuesta debe ser compatible con un procedimiento de legitimación democrática de la norma en los términos de los artículos 7 y 8 constitucionales.

Lo peor es que la JCE pretende engavetar su error y en vez de desmarcarse del yerro, persigue convalidar la norma con otra resolución, pese a que es imperativa la regla de que las infracciones a los valores y constitucionales están sancionadas con la nulidad y se prohíbe su subsanación.

En ese afán, la JCE hace como avestruz e intenta negar información pública a quienes le hemos solicitado que explique cuál fue el procedimiento cumplido para la emisión de la norma.

Junto al doctor Rafael Molina Morillo me correspondió librar épicas batallas judiciales contra el autoritarismo administrativo para hacer prevalecer el derecho a la información de los ciudadanos.

Con la pena de no contar con su iluminadora presencia, no quisiéramos tener que recorrer los estrechos caminos procesales del Tribunal Constitucional contra una norma que es radicalmente inconstitucional.

El Nacional

La Voz de Todos