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Dicen es inapelable decisión juez SCJ en caso de Bautista

Dicen es inapelable decisión juez SCJ en caso de Bautista

 

 

La decisión del juez de la Suprema Corte de Justicia Fran Soto Sánchez no es apelable, por lo que la intimación realizada por el procurador general de la República a los registradores de títulos carece de fundamento legal, viola la Constitución de la República y el Código Procesal Penal, afirmaron hoy los abogados del senador Félix Bautista .

Los abogados Marino Feliz Rodríguez, Pedro Balbuena y Ramón Núñez, de la barra de la defensa de Bautista, dijeron que el proceder de Francisco Domínguez Brito vulnera los artículos 393, 292 y 410 del Código Procesal Penal y el párrafo 3 del artículo 149 de la Constitución.

Según explicaron, la decisión tomada por el Juez Soto Sánchez no es objeto de ningún recurso ya que el sistema de recurso consignado en el Código Procesal Penal está reglamentado en el artículo 393 del Código Procesal Penal.

“Las decisiones judiciales sólo son recurribles por los medios y en los casos expresamente establecidos en este código”, sostienen.

Asimismo, que el artículo 410 del Código Procesal Penal precisa que “Son recurribles ante la Corte de Apelación sólo las decisiones del juez de paz o del juez de la instrucción señaladas expresamente por este código”.

La intimación mediante acto de alguacil por el procurador general de la República, para que no se proceda a levantar las notas de advertencias autorizadas mediante la resolución, número 4012-2014 del magistrado de la Suprema Corte de Justicia, Fran Soto, no debe ser atendida por los Registradores de Títulos, señalaron.

“Amenazar a los Registradores de Títulos, mediante acto de alguacil es inaceptable, viola el principio de separación de Poderes y de Funciones, establecidos respectivamente, en los artículos 4 de la Constitución de la República y 22 del Código Procesal Penal. Eso constituye una violación al artículo 307 del Código Penal, que sanciona la amenaza”, enfatizaron los abogados.

“Es lamentable que el procurador general de la República no entienda el proceso establecido en la Constitución y las normas sobre el derecho a recurrir, aventurándose a intimar bajo amenaza a representantes del Poder Judicial”, añadieron.

El Nacional

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