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Dicen pared hotel debe tener permiso del PE

Dicen  pared hotel debe tener permiso del PE

El ambientalista y geólogo Osiris De León afirmó hoy que para realizar construcciones con fines turísticos, a menos de 60 metros de la costa, como es el caso del hotel Baoruco Beach Resort, en el municipio La Ciénaga, habría que contar con una autorización del Poder Ejecutivo.

Dijo que la ley que regula esas construcciones en las proximidades costeras es la 305 del 20 de mayo de 1968, promulgada por el entonces presidente Joaquín Balaguer y tenía que ver con la preservación de la seguridad nacional.

De acuerdo al experto las construcciones muy cercanas a las costas están prohibidas, pero si son turísticas son permitidas con un poder que otorga el presidente de la República.

“Esta ley prohibía la construcción a menos de 60 metros de las costas, pero esto tenía que ver esencialmente con la seguridad nacional. Trujillo tenía mucho miedo a las invasiones y lo mismo hizo Balaguer que reguló esta distancia y se dictó la ley 305 en uno de sus gobiernos.

Pero si ellos consiguen el permiso pueden construir sin problemas, como imagino que han hecho otros hoteleros en otros puntos del país que han levantado obras prácticamente dentro del mar ”, explicó el experto.

Añadió que “lógicamente, habría que suponer que los propietarios de este hotel en Barahona tienen una autorización especial del Poder Ejecutivo para estas construcciones, porque la Ley 64-00 se ampara en la 305 para regular la parte medioambiental, pero inicialmente no tenía nada que ver con medio ambiente, sino con seguridad nacional”.

De León destacó además que una gran cantidad de hoteles en la capital y otros pueblos están construidos violando la disposición de la ley 305.

“Pero supongo que tienen permiso especial del Poder Ejecutivo. Por ejemplo tu tiene en el área de Boca Chica a los hoteles Nepuno, Bocana, Bocamarina y en el malecón de Santo Domingo, muchas de las construcciones turísticas también están levantadas a menos de 60 metros de la costa”, sostuvo.

El ambientalista dijo que igual situación se da en construcciones hoteleras en la zona de Punta Cana, Bayahibe, Samaná, Puerto Plata y otras áreas turísticas de las regiones este y norte del país.

Ley 64-00

El artículo 145 de la Ley 64-00 establece que “los bienes de dominio público marítimo terrestre o costas pertenecen al Estado dominicano y, por tanto, son inalienables, imprescriptibles e inembargables.
Todo ciudadano tiene el derecho a su pleno disfrute, salvo las limitaciones que impone la seguridad nacional, lo cual será objeto de reglamentación”.

Víctor Martínez

Víctor Martínez: Pastor evangélico, y periodista de larga experiencia. Siempre dispuesto a servir a los demás. Director del digital Elguardian.com.do