Economía

Empresas deben depositar contratos en Proconsumidor

Empresas deben depositar contratos en Proconsumidor

El Nacional
 A partir de ahora, las empresas que utilizan contratos de adhesión para la venta de sus bienes y servicios, tendrán que depositar los mismos por ante el Instituto  Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor,  con el objetivo de “revisar si existen cláusulas abusivas que perjudiquen a los consumidores de bienes y servicios”

La medida establece que  ahora las mueblerías, telefónicas, eléctricas, financieras, servicios de televisión por cable,  financiamiento de vehículos, compañías inmobiliarias, bancarias, aseguradoras, líneas áreas  y otras,  deberán acudir a Pro  Consumidor a registrar los contratos como lo dispone la Ley 358-05 y la resolución emitida al respecto.

Las empresas y entidades cuentan con un   plazo de nueve meses a partir de  la fecha de la publicación de la resolución del Consejo de Pro Consumidor, el pasado  5 de marzo 2009, y las tres publicaciones consecutivas en un periódico de circulación nacional.

Proconsumidor informó que la  Ley 358-05, sobre protección al consumidor, establece que las empresas y proveedoras que utilicen los contratos de adhesión, deben depositar los mismo ante esa entidad en un plazo de nueve meses a partir de la resolución que ordena revisar las cláusulas.

El contrato debe estar escrito en español, con caracteres legibles a simple vista, no puede incluir espacios en blanco o que no haya sido llenado al momento de la firma.

“Contempla también que las letras tienen que ser obligatoriamente por lo menos de un tamaño de ocho puntos y advierte que las cláusulas que evidencien violaciones a los derechos de los consumidores serán nulas, tal como está consignado en la ley 358-05”, indicó en una nota.

El Nacional

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