Opinión

Expresión e información

Expresión e información

La cuestionada decisión del presidente de la Suprema Corte de Justicia con motivo de la acusación por difamación presentada por el ingeniero Hipólito Mejía contra Wilton Guerrero y Osvaldo Santana, consigna que “Cuando una persona… ofrece una declaración y otra se limita a publicarla… ésta no resulta ser autora de la información… por lo que en caso de la información atentar contra el honor o la reputación de un tercero, quien se haya limitado a difundir la información no es responsable penalmente de los daños que se pudieran haber ocasionado al tercero”.

¿Es cierto eso? Démosle la palabra a Luis Castillo Córboda, una autoridad peruana en derechos fundamentales: “La libertad de expresión, por implicar la difusión de pensamientos, ideas, opiniones o juicios de valor, tiene un contenido subjetivo que no está sujeto a un requisito de veracidad… La libertad de información, en cambio, por referirse a la comunicación de hechos, sucesos, noticias o datos, sí está sometida a una exigencia de veracidad… cuya falta habilita el ejercicio del derecho de rectificación, sin perjuicio de las responsabilidades que pudiera implicar la falsedad o inexactitud de la información difundida”.     

Más claramente, la violación de los límites de la libertad de información hace penalmente responsable al director del medio por el hecho propio, esto es, por no cumplir con su deber de cautelar el honor o dignidad de las personas en contra de las cuales los terceros esgrimen alegaciones ofensivas. Es falso que comprometa su responsabilidad por el hecho ajeno como erróneamente creyó el doctor Mariano Germán Mejía, pues expresarse libremente apareja la responsabilidad penal de quien ejerce abusivamente ese derecho, mientras que el director compromete la suya por hacer de público conocimiento las ideas y opiniones emitidas por los demás.

El Nacional

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