Economía

JM prohíbe aplicar cobro por servicios

JM prohíbe aplicar cobro por  servicios

La Junta Monetaria mediante la primera resolución adoptada en su reunión del pasado 5 de febrero prohibió a las instituciones de intermediación financiera la aplicación de cargos por servicios o productos no solicitados o aceptados previamente por el usuario.  La administración monetaria y financiera dio a conocer las modificaciones introducidas al Reglamento de Protección al Usuario de los Servicios y Productos Financieros donde también prohibió prorrogar la vigencia de un producto o servicio financiero contratado sin el consentimiento del usuario y realizar publicidad engañosa sobre los productos o servicios ofertados.

En un comunicado publicado este viernes el Banco Central dio a conocer el reglamento donde recoge los cambios que acogió la Junta Monetaria de las diferentes propuestas y sugerencias que recibió de distintos agentes y personas vinculadas al mercado financiero.

El reglamento dice que en “los principios rectores del proyecto de modificación, se adiciona el principio de ‘equilibrio entre protección de los usuarios y provisión de servicios financieros a costos accesibles’ para evitar que la implementación de las normas de protección al usuario de servicios financieros tengan consecuencias adversas sobre la inclusión financiera, al incrementar el costo de los productos financieros”.

En cuanto a los derechos de los usuarios, el reglamento establece el derecho del usuario a recibir información sobre los posibles costos en que puede incurrir al solicitar una modificación o cancelación anticipada de los contratos, así como su derecho a acceder a la información que sobre él mantienen las entidades de intermediación financiera y cambiaria, pudiendo solicitar la rectificación y eliminación de errores o de información desfasada.

Con relación a la información al público por parte de la Superintendencia de Bancos, se modifica para que las estadísticas relacionadas a las reclamaciones presentadas a las entidades de intermediación financiera y cambiaria, así como las recibidas en la Superintendencia de Bancos, sean publicadas de forma desagregada por entidad de intermediación financiera y por producto. En cuanto a la publicación de los contratos de adhesión, el reglamento corregido especifica que los mismos se encuentren actualizados.