Opinión

La quinta pata al gato

La quinta pata al gato

Siempre hay personas buscando la quinta pata del gato; pero ocurre que el animal, como casi todos los demás en la naturaleza, solo tiene cuatro. Un gato puede tener tres, hasta dos patas, pero cinco, jamás.
Primero dijeron que la Constitución de la República era inconstitucional, lo cual me parece un absurdo. Y que por lo tanto el Presidente podía optar por un nuevo mandato.

Dijeron, una y otra vez, que el transitorio era inaceptable, que violaba el derecho de elegir y ser elegido hasta que la Organización de Estados Americanos, basada en un estudio de expertos constitucionalistas en Europa determinó que no.

Fue el propio Medina quien modificó la Constitución para poder mantenerse en el cargo. Esa Carta Magna del 2015 es de Danilo como la del 2010 es de Leonel. De nadie más. Fueron sus legisladores quienes le dieron el visto bueno.

Y fue Danilo quien, al igual que la primera vez, juró “por Dios” y “por su madrecita santísima” que no intentaría mantenerse en el poder por más tiempo.

Sin embargo, la campaña proselitista no ha cesado desde que tomó posesión por segunda vez. Una fortuna ha gastado la presidencia en promover la imagen del mandatario ante la mirada indiferente de las autoridades y de la oposición. Las “visitas sorpresa”, donde Danilo sustituye a los ministros y demás funcionarios, forman parte de la campaña reeleccionista.

El súper ministro José Ramón Peralta, el Félix Bautista o el Víctor Díaz Rúa de Danilo Medina, insiste en que se mantenga en el poder hasta el 2024. “¡Y después hablamos!”.

Para este personaje la Constitución es un pedazo de papel que puede usar después de defecar. Las decisiones de los tribunales no tienen valor; siempre habrá una manera de evadir sus resoluciones, incluso cancelarlos y hasta modificar las leyes. Tiene abogados, periodistas, congresistas, fiscales y ministros dispuestos a respaldar sus postulados. Aunque en esta ocasión no creo le resulta tan fácil.

El artículo 124 de la Constitución de Danilo aprobada en el 2015 dice: El Poder Ejecutivo se ejerce por el o la Presidente de la República, quien será elegido cada cuatro años por voto. El Presidente de la República podrá optar por un segundo periodo constitucional consecutivo, no pudiendo postularse jamás al mismo cargo, ni a la Vicepresidencia de la República.

El transitorio que tanto aborrecen los reeleccionistas es más claro que el agua: En el caso de que el Presidente de la República correspondiente al periodo constitucional 2012-2016 sea candidato al mismo cargo para el periodo constitucional 2016-2020, no podrá presentarse para el siguiente periodo y a ningún otro periodo, ni a la Vicepresidencia de la República.

El Nacional

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