Opinión

Ley del notariado

Ley del notariado

Algunos abogados y notarios incurren en faltas graves en el ejercicio de su ministerio, ocasionando daños a sus clientes, lo que motiva que los perjudicados acudan a diversas instancias para obtener sanciones contra los letrados, y ya muchos de ellos han sido suspendido y a otros les han cancelado su exequátur.

El Consejo de Disciplina del Colegio de Abogados de la República Dominicana, actúa como tribunal de primer grado de jurisdicción para conocer de la violaciones a la ética profesional de sus miembros. La Suprema Corte de Justicia actúa como segundo grado, cuando la decisión emitida por el CARD es apelada por los afectados.

También el pleno del más alto tribunal del país conoce, en única instancia, de las faltas imputables a los Notarios Públicos, y se reporta que una veintena de ellos ha recibido castigo por sus malas actuaciones. La Cámara de Diputados acaba de aprobar, en dos sesiones consecutivas, el anteproyecto de ley que crea un nuevo marco jurídico regulador de las funciones del Notario.

Los notarios han venido reclamando la modificación de la ley 301, del 1964, y la ley 89-05, del 2005, sobre la colegiatura notarial. Luego de un arduo trabajo de un grupo juristas, es una realidad de que los profesionales que instrumentan actos auténticos y bajo firmas privadas tendrán un instrumento que descansa en un sólido andamiaje para un ejercicio transparente y garantizado.

Es justo reconocer la labor realizada para la elaboración de la pieza legislativa a los doctores Artagnan Pérez Méndez, Rafael Ciprián, Wilson Gómez Ramírez, Rodolfo Pérez Mota, Cecilio Gómez Pérez, Radhamés Vásquez Reyes, Adalgisa Tejada Mejía, Luis R. Vilchez, Pedro Rodríguez Montero, Laura Sánchez Jiménez, Jacinto Castillo, Benjamín Rodríguez Carpio y Belarminio Ramírez Morillo.

 

El Nacional

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