Opinión

Los fondos públicos

Los fondos públicos

Oquendo Medina

Una de las primeras tareas que debe aprender de memoria todo funcionario público, inmediatamente después que el Jefe de la administración pública lo haya nombrado en su nueva posición como director, administrador, comisionado, presidente o ministro de una entidad depositaria de fondos públicos, a raíz del compromiso que él libremente ha aceptado, es jamás olvidarse de que la institución del Estado que administrará representa un bien público.

Por tal razón, en el ejercicio dela función que le ha sido conferida, como autoridad o administrador temporal de la cosa pública, automáticamente pasa a estar sujeto al escrutinio público; y, como resultado lógico, todo cuando acontezca en dicha institución, sea bueno o malo, acabará convirtiéndose en asunto de dominio público.

Elemento claro que sirve para advertirle que sólo a él le corresponderá decidir si lleva a cabo una función de calidad en donde la ética, la transparencia, la eficiencia y la eficacia prevalezcan; o si, por el contrario, decide realizar una gestión cuestionada, ineficaz y llena de imprudencias.

Resulta de vital importancia que todos los administradores del erario tengan por sabido que el uso indebido de los fondos públicos que están bajo su guarda y responsabilidad absoluta está considerado como un delito contra la administración pública. Que están obligados a rendir cuentas y, al mismo tiempo, realizar su Declaración Jurada de Patrimonio (dentro de los treinta días siguiente a su toma de posesión, y otra de finalización dentro de los treinta días de haber sido destituido).

Por consiguiente, no sólo se incurre en una falta disciplinaria (la cual conlleva desde una amonestación, suspensión o destitución del cargo) sino también en un evidente acto de corrupción y, en consecuencia, podrían ser sometidos a la justicia, por acción u omisión, al quedar comprobado tan repulsivo y condenable hecho; con la agravante de que, además de las sanciones de carácter penal, pueden ser inhabilitados para desempeñar cargos públicos por espacio de cuatro a cinco años o, inclusive, de manera perpetua.

De ahí la importancia de la toma de conciencia desde el primer día. Ella sirve como punto de partida para rápido reforzar y poner sobre el escritorio principios y valores básicos como la dignidad, tolerancia, excelencia, integridad, compromiso y otros. Puesto que de eso se trata: de aceptar las consecuencias de sus actos y de sus propias decisiones mientras permanezca en el cargo. Conscientede que, en el ejercicio de sus funciones, tiene obligaciones y prohibiciones; derechos y deberes.

El Nacional

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