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Permisos a reos fueron sin custodia

Permisos a reos fueron sin custodia

Procuraduría

Fue sin custodia, con dormidas y por tres días que la jueza interina de Ejecución de la Pena de San Cristóbal Katerine Rubio Matos les otorgó permisos a 65 presos de alta peligrosidad para que fueran a pasarse el fin de año a sus casas con sus familiares.

La forma como se hizo y las amenazas, que según algunos funcionarios del sistema penitenciario hizo la jueza Rubio Matos, disparó la alarma del Ministerio Público, que de inmediato ordenó el retorno a prisión de los beneficiados y la ejecución en parte de la disposición de dicha magistrada, pero de forma limitada, por un día, de 8 a 4 de la tarde y con custodia, según reveló a El Nacional uno de los procuradores encargados de investigar el caso.

En una de las resoluciones de la magistrada Rubio Matos figura el nombre del recluso Luis Lara, condenado a 30 años de cárcel por el denominado “caso Paya”, a quien la magistrada Rubio Matos le concedió permiso por tres días, sin custodia, desde el 31 de diciembre hasta el día de Año Nuevo, pero el Ministerio Público se lo redujo a un día, de 8:00 de la mañana a 4:00 de la tarde y con custodia.

Sin embargo, en una correspondencia enviada a la Dirección de la Carrera Judicial, la magistrada Rubio Matos declaró que el permiso al citado preso había sido otorgado por el Ministerio Público, en violación a las prerrogativas asignadas al juez de Ejecución de la Pena.

En uno de los dispositivos de los autos emitidos por dicha magistrada, en específico en el número 301-01-1289-2017, Rubio Matos especificó de manera textual que “autoriza a los internos… para que puedan visitar a sus familias, desde el sábado 30 de diciembre del 2017, a las 6 a.m., continuando los días 31 de diciembre del año en curso y primero de enero del año 2018 y regresando al centro el día 2 del mes de enero del año 2018, a las 8 a.m.”.

Un Apunte

Otros casos

En otros casos, los permisos fueron otorgados por la magistrada Katerine Rubio Matos por un día, pero en ninguno estableció que debían ser bajo custodia policial. Entre los beneficiados figuran presos de los casos de los narcotraficantes Rolando Florián Félix, José David Figueroa Agosto, de la matanza ocurrida en Paya, Baní, y de otros hechos que en su momento estremecieron a la sociedad  dominicana.

En el tercer acápite de su resolución, estableció que el citado permiso de salida estaba bajo la responsabilidad en el CCR-XV11 Najayo Hombres, en el sentido de su cumplimiento estricto del mismo y su no desnaturalización, bajo la advertencia de que su auto podría ser revocado en caso de incumplimiento.

Sin embargo, en ninguna parte de los permisos que concedió estableció que los internos irían a sus casas bajo custodia de agentes del Nuevo Modelo Penitenciario.
“Ella no observó las normas, ni el proceso y les dio un permiso irregular a todos, incluyendo a decenas de personas que no califican, entre ellos asesinos y violadores condenados a 30 años recientemente”, declaró uno de los investigadores del Ministerio Público, que pidió reserva de su nombre.

Dicho investigador recordó que la Ley 224 sobre Régimen Penitenciario establece dos modalidades para los permisos a los presos condenados a penas definitivas.
Según explicó, dichos permisos solo están establecidos para condenados a cinco años de cárcel, con un tercio de la pena cumplida, y para los sentenciados a más de 15 años, con más de un cuarto de la pena cumplida.

De acuerdo a dicho investigador, dicha ley fue violada de manera flagrante por la magistrada Rubio Matos, en vista de que favoreció a presos de alta peligrosidad, que no estaban dentro del citado rango de penas cumplidas.

El Nacional

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