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Preocupa a patronos acción de la Sisalril contra CNSS

Preocupa a patronos acción de la Sisalril contra CNSS

Dicen Sisalril asumiría funciones Consejo Seguridad Social.

La Confederación Patronal (Copardom) expresó su preocupación ante la medida cautelar incoada por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril) en contra de una facultad del Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) y con cuyo resultado pretende debilitar el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), embistiendo contra sus órganos de decisión y funcionamiento.

Copardom estimó que las pretensiones de la Sisalril dejarían inoperante el CNSS como ente regulador, quien por mandato de la Ley 87-01 es el responsable de “la dirección y conducción del SDSS y como tal, es el responsable de establecer las políticas, regular el funcionamiento del sistema y de sus instituciones, garantizar la extensión de cobertura, defender a los beneficiarios, así como velar por el desarrollo institucional, la integridad de sus programas y el equilibrio financiero del SDSS”.

Opinó Copardom, que a consecuencia de la propuesta de Sisalril, el carácter tripartito del sistema sería vulnerado, dejando las decisiones relativas a su sostenibilidad y equilibro, al manejo discrecional de un incumbente, quien está llamado por ley a “ejecutar las decisiones del CNSS relativas al seguro familiar de salud y el seguro de riesgos laborales”.
Propuesta Sisalril

De acuerdo con Copardom, con la medida cautelar propuesta por la Sisalril, “se eliminaría la tutela administrativa y de subordinación a que están sometidas la Sisalril y la SIPEN al CNSS en lo que concierne a la aprobación de su presupuesto, de los reglamentos sobre el Seguro Familiar de Salud y Riesgos Laborales y de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia, así como todo lo relativo a las políticas, objetivos, metas y extensión de la cobertura”.

UN APUNTE.

Rechazo
La propuesta de medida cautelar de la Sisalril ha sido rechazada además por la Asociación de Industrias (AIRD) y la Asociación de Administradoras de Riesgos de Salud que han advertido ese intento podría generar protestas como en Nicaragua.

Además, Copardom plantea que con esa medida cautelar “se habilitaría al superintendente de Salud y Riesgos Laborales la función de establecer por resolución, simples comunicaciones e instrucciones que las ARS otorguen coberturas no incluidas en el catálogo aprobado por el CNSS con cargo al Fondo de Cuidado de la Salud”.
También “se constreñiría a las ARS a otorgar servicios que le corresponden cubrir al Estado como garante final del Sistema conforme establece el artículo 106 de la ley”.

Compardom afirmó además que con la medida cautelar “se desconocerían los precedentes del Tribunal Constitucional que ratifican que la seguridad social se hace aplicable de manera gradual y progresiva conforme el precepto constitucional establecido en el artículo 60 de nuestra Carta Magna, que es precisamente el objeto de la Ley 87-01”.

El Nacional

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