Opinión

PUNTOS…Y PICAS

PUNTOS…Y PICAS

Carlos Manuel Estrella

A dos años de la TC168/13

 

Hoy se cumplen dos años de que el Tribunal Constitucional evacuara la sentencia 168/13 del caso Juliana Deguis Pierre, de repercusiones internas y externas, que todavía se arrastran, una de las cuales implica tildar internacionalmente al país como negador de derechos fundamentales.

En lo local, el voto disidente de dos juezas refuerza el hecho de despojar de nacionalidad a miles de nacidos en territorio dominicano de padres extranjeros, específicamente haitianos, en condición de apátridas.

El presidente Danilo Medina calificó de “drama humano” la situación de migrantes haitianos y sus descendientes nacidos en el país y trató de corregir entuertos de la decisión TC168/13 sin contravenirla porque es “definitiva e irrevocable”.

Mediante iniciativa legislativa el mandatario logró que el Congreso Nacional aprobara la ley 169-14 que establece un régimen especial para los inscritos de manera irregular en el registro civil y para la naturalización de extranjeros, todavía en curso.
Jurídicamente la sentencia TC168/13 es muy cuestionable, a pesar de ser cátedra académica sobre el tema en debate, porque parte de premisa falsa, o interpretación insólita del término “tránsito”, para justificar el despojo de nacionalidad a la accionante en amparo.

Peor aún, su decisión fue extra petite al exceder lo solicitado por Deguis Pierre y crear precedente funesto de aplicar la misma solución a miles de nacidos aquí de padres haitianos en igual situación, con lo cual la desnacionalización fue masiva de golpe y porrazo. Aspecto positivo de este fatídico fallo fue, como sentencia exhortativa, halarle las orejas al Poder Ejecutivo que desde agosto de 2004 dejó transcurrir casi un decenio y no aplicó el plan nacional de regularización de extranjeros ilegales radicados en el país, ordenado por la ley migratoria 285-04.

El Nacional

La Voz de Todos