Opinión

QUINTAESENCIA

QUINTAESENCIA

¿Tantas constituciones?

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En uno de los módulos en que imparto docencia para la Maestría en Derecho Constitucional y Procesar Constitucional de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), uno de los maestrantes se asombró de que en nuestro país se hayan producido tantas reformas a la Constitución. Y, como buen curioso, nos solicitó que explicáramos las causas de ese fenómeno del Derecho. Y obedecimos, como era nuestro deber y obligación, a ese requerimiento académico. Vamos a sintetizar aquella explicación.

Lo primero que debemos saber es que en nuestra historia constitucional tenemos cuarenta reformas a la Carta Magna.

Resulta más revelador si dividimos los 174 años de vida republicana que llevamos, ya que nos constituimos como nación independiente en el 1844, entre las referidas cuarenta reformas. El resultado de esa simple operación aritmética arroja el dato de que hemos realizado una reforma cada cuatro años, redondeados.

Debemos tener presente que el sistema adoptado en nuestro orden jurídico sustantivo es que aquí no hacemos enmiendas a la Constitución, como en los Estados Unidos de América (EUA), o de Norteamérica.

Nosotros creamos una nueva Norma de normas en cada reforma que materializamos. Por eso se ordena la proclamación de la nueva Constitución, aunque la reforma solo haya tocado una palabra, un artículo, una norma, un principio o un valor de la anterior Ley Suprema. Por ejemplo, la de 2010 fue modificada en 2015, y sólo se modificó el artículo 124, que trata sobre la reelección presidencial. Y por eso la Constitución vigente es la de Danilo Medina de 2015, no la de Leonel Fernández de 2010.

Ese criterio no es pacífico. Algunos constitucionalistas entienden que esa fue una revisión que no debe considerarse como generadora de un nuevo Pacto Político, ya que no modificó lo esencial del texto anterior. Si fuera así, sería una enmienda como en EUA y no se hubiese hecho su proclamación. Peor aún, tuviéramos vigente la Constitución del 6 de noviembre de 1844, con sus enmiendas.

Por tanto, la República Dominicana ha sido regida por una Ley Sustantiva nueva cada cuatro años. Cuando hicimos ese cálculo, los participantes pegaron el grito al cielo, sorprendidos. Y uno de ellos gritó: “Así ningún becerro llega a toro”.

Viene bien aclarar aquí que la reforma constitucional no es mala o perjudicial para la nación en sí misma. Nada lo es. Está comprobado dialécticamente que ni en la Naturaleza ni en la sociedad humana existe nada que sea absolutamente bueno, que no tenga algo malo; tampoco existe nada absolutamente malo, que no tenga algo bueno.

Las reformas a la Constitución pueden ser buenas o malas, dependiendo de sus causas y sus efectos. Y esas causas y esos efectos los analizaremos, por razones de espacio, en las próximas entregas.

El Nacional

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