Opinión

Quintaesencia

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Constitución y tradición
La tradición de la mayoría de las sociedades ha considerado la Constitución como un Pacto Fundamental que tiene por finalidad organizar el Estado y proclamar los ideales político-jurídicos a que aspira la nación. Esta concepción es correcta, pero ha sido muy mal interpretada y peor aplicada en nuestro país.

 Es correcta, porque una de las funciones de la Constitución es dar vigencia organizada al Estado. Por eso su parte orgánica establece los poderes e instituciones que representan el aparato público y traza los rasgos esenciales que caracterizan la nación jurídica y políticamente organizada.

 También la parte normativa de la Constitución consagra los cánones y principios que van a regir el sistema, y resalta de manera especial los deberes y la protección de los derechos fundamentales de las personas.

 En una tercera parte, para limitarnos a un criterio tripartito de disección de la Carta Magna, encontramos la forma en que podrá ser modificada, reformada o cambiada, sin alterar el orden establecido.

 Pero las constituciones están redactadas de manera que se puedan reformar algunos aspectos de su contenido y otros no. Por ejemplo, la nuestra es clasificada como rígida porque no tolera interpretaciones antojadizas o manipuladas. Ella dice lo que dice, no lo que le parece que dice periódicamente, sólo por oportunismos coyunturales, a ciertos sectores de poder. Por eso la Ley Sustantiva sólo puede ser reformada o modificada válidamente si se respetan los requisitos establecidas en ella.

 Ciertamente, así es. El artículo 119 de la Constitución dice: “Ninguna reforma podrá versar sobre la forma de gobierno, que deberá ser siempre civil, republicano, democrático y representativo.”  Y el 120 consagra: “La reforma de la Constitución sólo podrá hacerse en la forma que indica ella misma, y no podrá jamás ser suspendida ni anulada por ningún poder ni autoridad ni tampoco por aclamaciones populares.”

 Ahora bien, para comprender mejor el tema debemos formularnos tres preguntas capitales: ¿Por qué la Constitución es categórica y rígida? ¿Cuál es su función en la sociedad? ¿Cómo debemos aplicarla?

 Las respuestas que reciban esas interrogantes, en la práctica, determinarán la suerte de la sociedad. La formación política e ideológica, la preparación académica y los intereses que represente quien responda teóricamente reflejarán sus aspiraciones.

 Podemos considerar que la Constitución es categórica porque tiene que reducir al mínimo las confusiones o ambigüedad en su contenido. Ella establece principios y normas supremos. Es necesario que sea rígida para proteger su vigencia de las veleidades que producen las luchas sociales y políticas, y los gobiernos de turno.

 La función de la Constitución dista mucho de ser una simple plataforma programática de declaración política u orgánica. Además de eso, el Pacto Fundamental es el documento jurídico más importante de la sociedad, y está llamado a garantizar, por encima de todo, los derechos fundamentales de las personas. Esa es la función esencial de la Constitución. Y esa función tiene que imponérseles a los poderes de la sociedad, cuya vocación se inclina siempre por la violación de los derechos ciudadanos. Por tanto, y contra los poderes, hay que hacer respetar esos derechos. Por eso es que urge la creación de una jurisdicción constitucional especializada e independiente.

 Y la Norma Suprema debemos aplicarla con irrestricto apego a sus principios, ya sean expresos o implícitos. Aunque la Constitución es puesta en vigencia por los sectores dominantes o gobernantes de la sociedad, ella contiene inevitablemente lo que se necesita para proteger y tutelar los derechos de los dominados o gobernados. Todo dependerá de los ideales de justicia con que se aplique. Si se aplica con la perversidad de beneficiar a las minorías opulentas y egoístas, será un simple pedazo de papel mojado, para recordar a Ferdinand Lassalle y Joaquín Balaguer. Pero si la Constitución se aplica para el bien de todos, entonces se impone el Estado de Derecho, la institucionalidad. La sociedad prospera verdaderamente y el pueblo vive con dignidad y decoro. Los países desarrollados respetan su Constitución y mantienen como sagrado el Estado de Derecho. Por eso, y no por otra cosa, son grandes. Debemos imitarlos.

  rafaelciprián@hotmail.com

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