Opinión

Quintaesencia: Neurosis laboral

Quintaesencia: Neurosis laboral

Vimos en la entrega anterior de esta columna cuán insensatos son los empresarios cuando buscan pretextos baladíes para no aumentarles el veinte por ciento al salario de sus trabajadores. Llevan años que no lo hacen y cada día el salario real se disminuye por la inflación, pero las empresas obtienen beneficios permanentemente.

Además, ese insignificante aumento, por lo mal que pagan, servirá para dinamizar un poco la economía, porque los obreros correrán a gastarlo en necesidades elementales postergadas. Ellos nadan en la abundancia y desean que sus trabajadores se asfixien en la miseria. Pobrecitos.

Sabemos que por ese aumento, sin importar el monto a pagar, una gran cantidad de trabajadores perderá el empleo. Los malos empresarios buscarán compensar con la disminución de nómina. El trabajo que hacían tres, lo realizarán dos o uno. Así operan. La inconformidad en el centro de trabajo aumentará la neurosis colectiva que sufrimos. Y los procesos judiciales entre empleadores y trabajadores también se incrementarán.

El Gobierno debe pensar que es urgente bajar la tensión permanente e inexorable que se produce entre los dueños del capital y los que venden su fuerza de trabajo. Puede buscar paliativos para que el aumento de salario que vendrá no genere más frustraciones que las inevitables.

Por ejemplo, para mencionar un caso, podría eliminarse el irrazonable impuesto del anticipo del ITBIS que merma la liquidez de las pequeñas empresas, las famosas PYMES. Originalmente ese impuesto se concibió como provisional, pero se ha hecho definitivo.

Es usual en este país. El Estado no perdería gran cosa con esa medida y, sin embargo, estaría mandando una buena señal, que los empresarios la verían con alegría. La idea es bajar la presión laboral y aumentar la cohesión social.

Los pleitos judiciales son menos ruidosos que la lucha por el aumento salarial, pero más cotidianos y estremecedores. Se trata de las demandas en justicia para cobrar las prestaciones laborales, derechos adquiridos, indemnizaciones y demás prerrogativas que puedan corresponderles a los trabajadores por la terminación del contrato de trabajo.

Recordemos que el término del vínculo jurídico del empleador con el trabajador puede producirse por muchas causas, ya sea por despido o decisión particular del empleador; por dimisión o decisión unilateral del trabajador; por desahucio, que puede ser ejercido por cualquiera de las dos partes, sin obligación de invocar causa; por la llegada del término del contrato, etc.

Las tres primeras son las más usadas y suelen generar responsabilidades legales para una de las partes. Al final, se resuelven con dinero. La parte perdidosa tendrá que resarcir a la gananciosa.

Los tribunales de trabajo están saturados de esos litigios. Los abogados laboralistas se emplean a fondo para representar a sus clientes, ya sean trabajadores o empresarios.

Ojalá que logremos más conciliaciones y menos pleitos y neurosis laborales.

El Nacional

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