Opinión

Quintaesencia: Proceso y justicia

Quintaesencia: Proceso y justicia

El debido proceso de ley es a la justicia lo que es el oxígeno a los seres vivos. Sin el debido proceso de ley no hay justicia, como sin oxígeno no puede existir la vida que conocemos. Ese proceso es el que pare la justicia, esa buena aplicación del arte y la ciencia de dar a cada uno lo que le pertenece.

Deben cumplirse las formalidades de rigor, tanto en lo administrativo como en lo jurisdiccional, según el Art. 69.10 de la Carta Magna.

Pensar en esa relación de dependencia entre el proceso y la justicia, en que la segunda tiene que estar justificada por el primero nos recuerda los años de estudiante, en que resolvíamos los intrincados problemas del álgebra y de la trigonometría. Muchas veces teníamos clara la solución a las ecuaciones y de los planteamientos, pero no sabíamos presentar los pasos o cálculos matemáticos que demostraran cómo habíamos llegado a esas conclusiones.

En esos aprietos, el profesor era frío e implacable, rechazaba esos resultados. Decía que sin el razonamiento adecuado, la solución era inaceptable. Y hoy sabemos lo que no entendíamos ni perdonábamos entonces: el profesor tenía toda la razón.

Aunque el Derecho es muchas letras y pocos números, se impone probar, como en la solución de aquellas ecuaciones, que se han respetado los procedimientos que la ley consagra en cada caso.

El Derecho, contrario a lo que sostienen muchos abogados, está estrechamente vinculado a la economía. Esta se expresa gélidamente con números. Es así porque todos los derechos fundamentales tienen un costo, y alguien lo paga. La protección, garantía y satisfacción de cada una de las expectativas jurídicas exige cálculos, medidas y pesos, como nos enseñó Robert Alexis. Muy especialmente, cuando esos derechos entran en conflicto con otros de la misma naturaleza, conforme al Art. 74.4 de la Constitución.

La aplicación de justicia es solo una. Siempre debe ser buena, sana, razonable, justificada, confiable, imparcial, independiente, pronta, oportuna, prudente, eficiente, eficaz, jurídica y no partidaria.

Si la decisión del juez es dictada sin cumplir con esos requisitos, no es justicia. Es injusticia. En este caso, es la negación de lo que debe ser en la aplicación del Derecho. Es así para la parte gananciosa como para la que sucumbe en el proceso. El que triunfó celebra si es inconsciente o perverso, pero no podrá sentirse seguro en los venideros asuntos judiciales que tenga. Estará afectado por la sombra de la duda.

Sabe que así como lo favorecieron sin derecho en aquella ocasión, ahora podría fracasar, aunque le asista la razón, si su contrario se maneja con más habilidad que él en el submundo de los amarres judiciales.

Y lo único que garantiza la justicia es el respeto al debido proceso de ley, con su correspondiente constitucionalización y la correcta voluntad del juzgador. Sin olvidar que el Derecho es mucho más que la ley. Incluye los principios y los valores que no siempre están en la ley.

El Nacional

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