Opinión

Quintaesencia: TC y malicia abogadil

Quintaesencia: TC y malicia abogadil

En una entrega anterior de esta columna abordamos el tema de la malicia del abogado. Y anticipamos que muchos se iban a escandalizar. Subestimamos la sensibilidad de esos colegas. Fueron tantos los que se rasgaron las vestiduras que nos quedamos sorprendidos. La verdad es que algunos vieron ese trabajo como una verdad que debía ser ocultada como secreto de logia o como una traición. Pobrecitos.

Parafraseando la expresión típica de la izquierda radical en tiempos de la guerra fría, cuando se afirmaba que ante la escalada de la reacción, hay que oponerle la escalada de la revolución, y entendiendo que la verdad siempre es revolucionaria, ahora pensamos que frente a tantos sentimentalismos y mentiras por aquel artículo, se impone que retomemos el tema con mayor objetividad y verdad irrefutables.

Y como prueba de la malicia del abogado, que en el ejercicio de la toga y el birrete es “habilidad profesional”, podemos tomar el caso que se está dando con el recurso de apelación en la materia laboral. El Tribunal Constitucional (TC), sin proponérselo, les abrió una oportunidad de oro a ciertos abogados. Están usando el precedente del TC para aplicar su malicia.

Ciertamente, con la sentencia No. TC/0563/15, de fecha 4 de diciembre de 2015, el TC consagró el precedente, que se nos impone a todos en el territorio nacional, que cuando el recurso de apelación incidental, en materia laboral, se interpone fuera del plazo de los diez días, contado a partir de la notificación del recurso de apelación principal, que establece el artículo 626 del Código de Trabajo, pierde su autonomía frente al recurso de apelación principal.

Esto es, que se convierte en un accesorio y, por tanto, sigue la suerte del recurso principal. Por el contrario, si el recurso de apelación incidental se interpone en el señalado plazo, entonces es autónomo.

Maliciosamente, algunos abogados están apelando de inmediato todas las sentencias de primer grado, aunque hayan ganado por completo. Saben que su recurso es inadmisible, porque al acogérseles todas sus conclusiones, no tienen interés para apelar. ¿Por qué apelan, entonces? Para que el recurso de la parte contraria y perdedora resulte posterior al de ellos y, por consiguiente, sea incidental. Y si el recurrente incidental comete el error de apelar después del referido plazo, su recurso pasa a ser subordinado del principal. Así opera el precedente del TC.

¿Para qué recurre el abogado malicioso la sentencia que le da total ganancia de causa a su cliente si sabe que ese recurso es inadmisible? Para matarle el gallo en la funda al recurrente incidental no autónomo. ¿Cómo? Simplemente desiste del recurso principal, oferta simbólicamente el pago de las costas y pide que se declare extinguido el recurso incidental no autónomo.

Y así gana el caso rápido y definitivamente. Pero si el recurso incidental es autónomo, igual desiste del recurso principal y sigue peleando. ¿Desean más malicia?

El Nacional

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