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Reconocerían actas de nacimiento desde 1929

Reconocerían actas de nacimiento desde 1929

El Gobierno dominicano plantea presentar un proyecto de ley para darles legalidad a todas las actas de nacimiento instrumentadas por Oficialías del Estado Civil sin el cumplimiento de los requisitos legales, en el período comprendido entre el 1929 y el 2007, lo que se interpreta prácticamente como una amnistía para las personas de ascendencia extranjera o no en la República Dominicana, que la mayoría de los casos son de haitianos.

“Toda persona que habiendo nacido en el territorio nacional no figure inscrita en el Registro Civil Dominicano o el mismo haya sido anulado por un tribunal competente, podrá acogerse con eficacia retroactiva al momento del nacimiento a la regularización documental prevista en este artículo, sujeto a que acrediten fehacientemente el hecho del nacimiento, arraigo y vínculos con la sociedad dominicana, en conformidad a los requisitos establecidos en el reglamento de esta Ley”, indica el anteproyecto en discusión.

La propuesta gubernamental que dispone “la convalidación de todas las actas de nacimiento instrumentadas por las oficialías” contraviene el proceso de regularización de extranjeros que dispuso la resolución 168-13 del Tribunal Constitucional y está contenida en el proyecto de Ley presentado el 14 de febrero de este año por el ministro de la Presidencia, Gustavo Montalvo, a la Comisión Nacional de Migración.

En cuanto a la regularización documental, lo planteado por el Gobierno señala que “toda persona que habiendo nacido en el territorio nacional no figure inscrito en el Registro Civil Dominicano o el mismo haya sido anulado por un tribunal competente, podrá acogerse con eficacia retroactiva al momento del nacimiento a la regularización documental prevista en el artículo 6 de este proyecto de ley, sujeto a que acrediten fehacientemente el hecho del nacimiento, el arraigo y vínculos con la sociedad dominicana, en conformidad a los requisitos establecidos en el reglamento de esta ley”.

El proyecto fue presentado por Oscar Medina en el programa de televisión Hoy Mismo, copia de la cual facilitó a El Nacional, el que sería conocido por los miembros de la Comisión de Migración, que integran además el ministro de Interior, José Ramón Fadul; el presidente de la Junta Central Electoral (JCE), Roberto Rosario; y de Migración, José Ricardo Taveras.

El anteproyecto que se denomina “Ley de convalidación de actos del Estado Civil y Regularización Documental de personas inscritas en el Registro Civil Dominicano” y señala que de conformidad con el levantamiento del Registro Civil presentado por la JCE el día 7 de noviembre del 2013, unas 24,392 personas fueron provistas por Oficialías del Estado Civil de Actas de Nacimiento, sin que fueran respetados algunos de los requisitos legales exigidos para su instrumentación.

Los requisitos

Indica que para beneficiarse de la convalidación legislativa dispuesta en el artículo uno, será necesario constatar que la persona titular del acta de nacimiento no tuvo participación directa en la irregularidad de su inscripción en el Registro. En la homologación de actos, explica que las actas de nacimiento convalidadas en virtud de la presente Ley, convalidan igualmente, con eficacia retroactiva a la fecha del nacimiento, todos los actos de la vida civil.

Asimismo, la JCE dispondrá que las personas beneficiarias de la convalidación, a las que en el pasado les hayan sido expedidas Cédulas de Identidad y Electoral, se doten del mismo documento con su anterior numeración. Explica que las personas deberán tramitar su regularización a través de Interior y Policía, y en un plazo de 40 días tendrá que solicitar sin objeción a la JCE su inscripción en el Registro. En uno de los considerandos del anteproyecto de ley señala que uno de los más graves problemas que afecta al Registro Civil Dominicano lo constituye la gran cantidad de nacimientos y defunciones que no se encuentran registrados.

UN APUNTE

Exención judicial

El anteproyecto dice que los procedimientos de regularización documental de extranjeros contemplados en esta ley, no requiere trámite de ratificación u homologación por parte de los tribunales de la República y serán gratuitos.  Dice que la falsedad en que incurra una persona al realizar una solicitud de regularización documental, en nombre propio o en su condición de padre, será castigada con pena de reclusión de dos a cinco años y multas de diez a  20 salarios.