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Recuento histórico de judicializar la política

Recuento histórico  de judicializar la política

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Con este título, publiqué el día dos de este mes un artículo en Hoy, que por su enorme interacción en el pesaroso acontecer que padecemos los dominicanos en esta encrucijada determinativa, amplío para sustanciarlo con mayores incidencias históricas de la gravísima lacra de incorporar la política en la judicatura y la judicatura en la política, de tan lacerantes y terribles experiencias.

El primero que incorporó la repudiable lacra de judicializar la política y politizar la judicatura, tenía que ser el primer negativo espadón de nuestras desgracias patrias, “general” Pedro Santana, insertando con manifiesta criminal malicia, el artículo 210 en la primera Carta Sustantiva del 6 de noviembre de 1844, rubricada por legisladores temerosos, virtualmente secuestrados para el protervo propósito, en la entonces minúscula villa de San Cristóbal.

Allí, concentrados en un vetusto caserón, con las lanzas, encabaos y fusilerías de la peonada de El Prado, embrión del primer “ejército” dominicano, asomadas por las ventanas y puertas, intimidando a los primeros legisladores, se impuso el infamante artículo 210, que facultaba procedimientos expeditivos al primer dictador de nuestras desventuras patrias.

Ese artículo fue aplicado sin conmiseración alguna, a los patriotas María Trinidad Sánchez, los hermanos José Joaquín y Gabino Puello, al Centinela de la Frontera, el inmenso Antonio Duvergé (Bois), a su imberbe hijo, y al trinitario Francisco Sánchez del Rosario, fusilado en El Cercado, provincia San Juan de la Maguana, estrenando la judialización de la justicia y la política judicializada en nuestra amada patria, digna de mejor suerte.

El pertinaz apátrida Buenaventura Báez, prosiguió el negativo ejemplo de su predecesor y antagónico por antonomasia, Pedro Santana, ordenando deportar, encarcelar y fusilar todo vestigio opositor, práctica oprobiosa, reñida con la democracia, porque una democracia que no tolera la disidencia, la oposición partidaria, las protestas pacíficas en marchas callejeras, que proceda como las referencias abominables señaladas, es una caricatura de democracia y un cubil de dictadura, jamás una democracia, conforme la concibió Alexis de Toqueville en su fundamental obra La democracia en América.

El expresidente José Antonio Salcedo (Pepillo), fue conducido preso, engañado a la playa de Maimón, donde fue ejecutado el 30 de mayo de 1880 por el coronel Agustín Peña Masagó, por órdenes del presidente restaurador, Gaspar Polanco y Borbón, no obstante los esfuerzos del general Gregorio Luperón por salvar la vida del primer presidente del Gobierno de la Restauración.

La referencia más deplorable de judicializar la justicia y politizar la política, es la del presidente Monseñor Fernando Arturo de Meriño, que el 20 de mayo de 1881, promulgó el terrible Decreto de San Fernando, que disponía que todo a quien las autoridades sorprendieran con un arma de fuego en las manos, era ipso facto fusilado, nada de tribunales, o la “patraña” del “debido proceso”.

El propósito nodal de esa providencia troglodita fue tratar de intimidar al general Cesáreo Guillermo para que no intentara alzarse en armas y derrocar al presidente Meriño, no obstante organizar una expedición marítima desde Puerto Rico, con la anuencia de las autoridades coloniales españolas que pretendían derrocar a Meriño por el apoyo que suministraba mediante el general Ulises Heureaux, el terrible Lilís, ministro de lo Interior, al exilio cubano insertado en Villa Cuba de Puerto Plata.

Cesáreo Guillermo, Juan Isidro Ortea y sus acompañantes, fueron apresados y fusilados conforme al infame Decreto de San Fernando, doble oprobio, por vulnerar la libertad política, y peor, proveniente de un supuesto Ministro de Dios (¿?).

Otra referencia grimosa de judicializar la política y politizar la judicatura aconteció con el caso del poeta, escritor, profesor de inglés y literatura venezolano Eduardo Scanlan Daly, eliminado por dos disparos de la carabina 50-70 Winchester del general Santiago Pérez, burlado por las infidencias de su esposa Emilia con el aeda venezolano, cuando pasaba frente a su residencia del parque Colón, donde descaradamente acostumbraba prodigar versos a su prohibida Dulcinea.

El general Santiago Pérez fue condenado a muerte el 4 de mayo de 1887, por un tribunal presidido por Manuel de Jesús Galván, quien fue secretario particular del “general” Pedro Santana, no obstante la defensa famosa del jurista Félix María del Monte, y las rogatorias de varios amigos del gobernante.

Resulta que el presidente Heureaux presenció la certera puntería del general Pérez en el pleito de El Cabao contra Cesáreo Guillermo, y de inmediato entendió el peligro de un tirador de ese calibre si en alguna circunstancia posterior fuera su contrario, y optó por la previsión, “cortar por lo sano”. La extraordinaria puntería del general Santiago Pérez fue la impresentida causa de su final.

El Nacional

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