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SISALRIL sancionaría ARS que incumplan resolución 375-02 del CNSS

SISALRIL sancionaría ARS que incumplan resolución 375-02 del CNSS

SANTO DOMINGO.-La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales  (SISALRIL) informó este lunes que sancionará las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) que hayan incumplido con la Resolución 375-02 del Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) y consideró que no es aceptable que se violen los derechos y beneficios de la ciudanía.

La entidad explicó que la Resolución 375-02 establece la atención integral en los grupos de alto costo y de cirugía del actual Plan de Servicios de Salud (PDSS), así como el incremento de la cobertura de medicamentos ambulatorios y otros beneficios.

Explicó que en las últimas semanas ha recibido cerca de 100 reclamaciones y denuncias de parte de afiliados sobre el incumplimiento de dicha resolución por parte de algunas ARS.

“Es indispensable preservar los avances en la seguridad social y evitar que puedan ser afectados por intereses particulares, aunque estos puedan ser considerados legítimos”, señaló.

SISALRIL, en nota de prensa, especificó que las quejas han sido recibidas por la institución de forma directa a través de su Oficina de Atención al Usuario, del Call Center y en su mayoría, por vía de la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA).

“La SISALRIL investiga cada una de las denuncias y reclamos que recibe, cuando se comprueba que las personas reclamantes tienen razón, se exhorta a las ARS al cumplimiento y si no se cumplen se da inicio a procesos sancionatorios para las ARS que, no han dado cumplimiento a dicha Resolución, no obstante haberle sido demandado oportunamente por esta Superintendencia”, sostiene la entidad.

Destacó que solo el CNSS tiene la facultad legal de establecer los contenidos del PDSS y del Plan Básico de Salud (PBS) de las prestaciones que forman parte del mismo.

“Es una obligación de las ARS, así como de los Prestadores de Servicios de Salud, cumplir con las decisiones del CNSS con respecto al PDSS (PBS), y corresponde a la SISALRIL velar por el fiel cumplimiento de las mismas, en beneficio de los afiliados”.

Sostuvo que el aseguramiento de la población mediante el SDSS es una política pública, ejecutada con base a alianzas público/privadas, y su principal propósito en cuanto a salud, es la protección social del derecho a la salud de los afiliados.

“Cualquier otro propósito resulta subalterno a este compromiso”, agregó, al tiempo de considerar que es indispensable revisar y fortalecer el marco legal del Sistema de Seguridad Social para garantizar mejor el cumplimiento de sus principales fines y propósitos.

“El Estado dominicano es garante del buen desarrollo de la protección social del derecho a la salud y a la seguridad social. Es necesario fortalecer las herramientas de los órganos reguladores del Estado, en beneficio de la población” estimó la SISALRIL.

El Nacional

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