Opinión

Sufragio

Sufragio

Danilo y el aborto

 

Confieso que me sorprendió que, aparentemente, la Cámara de Senadores desafiara al presidente Danilo Medina y aprobara la penalización radical del aborto.

No obstante, aclaro de inmediato, para que no se malinterprete, que mi asombro no tuvo que ver, en lo absoluto, con razones ideológicas, ya que estoy consciente de la desideologización del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y las demás formaciones que integran nuestro Sistema de Partidos.

Más bien, de lo que se trata es de una decisión que al penalizar indiscriminadamente el aborto, llevó al Presidente a observar por segunda vez la reforma del Código Penal, lo que rompió la costumbre del liderazgo peledeísta de consensuar la aprobación de las iniciativas legislativas.

No se entiende la razón por la que la Cámara Alta, que preside el secretario general y pre-candidato presidencial del PLD, Reinaldo Pared Pérez, contrarió la conocida posición del presidente Medina sobre el controversial tema.

La referida decisión del Senado, que al igual que los demás poderes y órganos extrapoderes del Estado, está controlado absolutamente por el hegemónico PLD, abre las siguientes interrogantes: a) ¿decidieron los senadores, con Reinaldo Pared Pérez a la cabeza, desafiar al presidente Medina? b) ¿Por qué el Comité Político del PLD no se reunió para tomar una decisión sobre el tema del aborto? y c) ¿significa esta decisión que a partir de ahora los senadores actuarán con autonomía?

Antes de pasar a responder las inquietantes dudas a que hemos hecho referencia, creo pertinente referirnos al contenido esencial de la aplaudida carta de observación del Código Penal suscrita por el presidente Medina, a saber: “Eximentes.
La interrupción del embarazo practicado por personal médico en establecimientos de salud, no es punible si se agotan todos los medios científicos y técnicos disponibles para salvar las dos vidas, hasta donde sea posible.

No constituye un hecho punible la interrupción del embarazo en los siguientes casos: 1) Cuando el embarazo sea el resultado de una violación, rapto, estupro o incesto, siempre que se practique dentro de las primeras doce semanas de gestación y que el mencionado hecho punible hubiere sido denunciado, o sea manifiesto que la víctima ha estado en la imposibilidad de hacer la denuncia y 2) Cuando debido a una malformación congénita, clínicamente establecida, la vida del concebido se considere inviable”.

El presidente Medina sabe muy bien que la mayoría de los ciudadanos, principalmente los liberales, están de acuerdo con su propuesta, que cuando, indefectiblemente, sea aprobada, sacará a la República Dominicana de la lista de los siete países que en todo el mundo aún penalizan totalmente el aborto.

En consecuencia, no creo que los senadores se hayan atrevido a desafiar al presidente Medina, que tiene el control indiscutible del Congreso Nacional, el cual, por lo tanto, no es autónomo ni lo será mientras el PLD gobierne hegemónicamente el Estado.

Lo expresado anteriormente nos lleva a la conclusión de que el tema del aborto fue instrumentalizado por el presidente Danilo Medina, tanto en el año 2014 como ahora, para elevar sus niveles de popularidad.

El Nacional

La Voz de Todos