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El PRM autoexcluido

Como consecuencia de su decisión de no recomendar a nadie para formar parte de los respectivos plenos de la Junta Central Electoral (JCE) y del Tribunal Superior Electoral (TSE), el Partido Revolucionario Moderno (PRM), al no tener el manejo privilegiado de las informaciones sobre las grandes decisiones de estos órganos, será un espectador más del proceso electoral, que se enterará de sus principales decisiones a través de los medios de comunicación.

El persistente reclamo de escoger jueces independientes, que le hizo el principal partido de oposición al presidente Danilo Medina y a su Partido de la Liberación Dominicana (PLD), descartó cualquier posibilidad que el PRM presentara propuestas de candidatos y candidatas para la composición de los órganos electorales.

Se trató, sin lugar a dudas, de una decisión impropia del pragmatismo con que se conducen los partidos que tienen vocación de poder.

Para jugársela todas a la independencia de los jueces y miembros de estos órganos extrapoderes, era preciso contar con una fuerza, que no tiene el PRM, similar a la de los adversarios, en el Senado de la República, que escoge a los miembros titulares de la JCE, y en el Consejo Nacional de la Magistratura, que selecciona a los jueces del TSE.

Tratándose de que el PLD es un partido hegemónico que, como es bien sabido por todos, durante los 13 años consecutivos que lleva en el poder se ha caracterizado por imponer sus decisiones sin tomar en cuenta los planteamientos de la sociedad civil ni de la oposición, el PRM debió demandar la escogencia de dos jueces sugeridos por el, dos por el PLD y uno, preferiblemente el presidente, por la sociedad civil, para garantizar la composición equilibrada de las instituciones que tienen a su cargo la organización y el juzgamiento de los procesos electorales.

Lo que más debe interesarle a un partido político es contar, al interior de los órganos electorales, con jueces o miembros titulares que sean de su confianza, para mantenerlo informado, de primera mano, sobre todo lo que acontece en la institución.

En ese sentido, se ha podido comprobar que el equilibrio en la composición de los órganos electorales, les genera, muchas veces, más confianza y garantía a los actores de los procesos electorales que la, presumible, independencia de sus jueces o miembros.

Como era de esperarse el PLD impuso su JCE y su TSE, al tiempo que el PRM se quedó sin pito y sin flauta, al no lograr que fueran escogidos jueces plenamente independientes ni de su confianza.

Ahora solo queda demandar que nuestros órganos electorales asuman los principios éticos del International Institute for Democracy and Electoral Assistence (IDEA) siguientes: 1ro.) Respeto por la ley, la cual debe ser puesta en práctica imparcialmente y de manera equitativa, garantizando a los partidos políticos, candidatos, votantes y otros participantes, un trato justo y equitativo; 2do.) Independencia y neutralidad; 3ro.) Transparencia, estando siempre en disposición de justificar las decisiones, proporcionar información, acceso a la información y garantizar que los partidos y candidatos puedan ejercer cabalmente sus derechos legales; 4to.) Minuciosidad, para que la información que sirve de base a las decisiones sea exacta y accesible; y, 5to.) Orientación de servicio al público, a fin de facilitar a los votantes su participación en los procesos.

El Nacional

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