Opinión

Sun Land

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El tufo político lo desprendía de todos sus intersticios. Dramáticas las consecuencias posibles si la verdad surgía y se derivaban las correspondientes responsabilidades. Todo eso, en medio de una campaña electoral donde el presidente buscaba su reelección y en un país con las características del nuestro, daba altísimo riesgo cual que fuera la arista abordada. En ese sentido, difícil reunir el coraje requerido para colocarse por encima de esas condicionantes y actuar conforme a hechos y derecho.

 El ambiente creado fue de expectación y suspenso, quizás como nunca antes en las escasas ocasiones que entre nosotros se ha aproximado la oportunidad de desenmascarar el contubernio público-privado y los daños terribles a nuestras finanzas. Primero fue el tema del momento en que se dictaría la decisión, confirmándose que acomodamos cosas en función de las posibilidades de lesionar o ayudar. Obvio que se dejó para cuando la cresta de la ola desapareciera y todo estuviese consumado. Lo otro fue el contenido del fallo, aunque lo primero hacía presumir lo segundo, como en efecto.

 Llegó la sentencia y ella se bastó a sí misma para mostrar, sin nada de remilgos, la gran capacidad de manipular lo evidente para sacar las castañas de fuegos abrasantes para quienes, de no ser por esos controles antidemocráticos de resortes del poder, no habrían dispuesto de las maneras para evadir quemaduras del pésimo grado.

 El adefesio jurídico admitía que el indefendible contrato violaba la constitución de la república, pero encontró la forma de hacerlo viable más allá de ese descomunal vicio y declaró inadmisible el recurso en su contra bajo el ardid de que los recurrentes no tenían calidad para hacerlo, lo cual pisoteaba un concepto establecido por la propia Suprema Corte en relación con lo que debe entenderse por parte interesada. De pronto, no resultaba suficiente tener un interés legítimo y jurídicamente protegido para accionar en justicia, sino que se requería ser presidente de la república o de una de las cámaras del congreso. Imagínense, eso equivalía a decir que solo podían solicitar la nulidad del contrato con la Sun Land tres estelares protagonistas de su existencia.

 En el ámbito judicial dominicano eso representó el entierro de la honra del máximo organismo jurisdiccional y de sus integrantes, salvo las tres resaltantes excepciones que no se adhirieron al deshonor y que luego pagaron con su destitución la osadía de atreverse a ser responsables en medio de tanta ignominia.

El Nacional

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