Actualidad

Tribunal declara inadmisible demanda contra inmobiliaria de Juan Dolio

Tribunal declara inadmisible demanda contra inmobiliaria de Juan Dolio

El Tribunal Superior Administrativo declaró inadmisible, por falta de objeto, una solicitud de adopción de medida cautelar con la cual se perseguía la detención de la construcción del proyecto turístico “Le Parc Beach Front”, consistente en una torre de 121 apartamentos, en la zona turística de de Juan Dolio.

La solicitud de medida cautelar fue interpuesta por los señores Angelo Carmelo Viro y Rosario Mañón de Viro, contra el Ministerio de Turismo y Dive Inversiones Inmobiliaria, esta última propietaria del proyecto.

Los demandantes perseguían que se ordenara la suspensión de la certificación de no objeción de uso de suelo, DPP-0724-16, que emitió el Ministerio de Turismo el 31 de agosto del 2016 a favor Le Parc Beach Front para la construcción de la obra.

Sin embargo, el tribunal declaró inadmisible el pedimento, por considerar, entre otras cosas, que la certificación de uso de suelo impugnada que dio el Ministerio de Turismo no es posible de suspensión, puesto que es inexistente debido a que fue reemplazada por otra que otorgó dicho ministerio.

Perseguían, además, que el tribunal ordenara la detención de la construcción del proyecto, hasta tanto sea conocida y decidida de manera definitiva e irrevocable una  impugnación sometida por los señores Viro y Mañón.

Carmelo Viro y Rosario Mañón de Viro alegan que tienen una propiedad contigua al solar donde se construye la obra y que a su nombre se hicieron gestiones en el Ministerio de Turismo y la Presidencia de la República.

Exigían que el Tribunal Superior Administrativo  suspendiera  la  certificación de no objeción de uso de suelo que para la construcción del proyecto emitió el Ministerio de Turismo y que, en consecuencia, suspendiera la construcción de la obra.

El Nacional

La Voz de Todos