Opinión

Unas de cal…

Unas de cal…

¡Otro golpe a Hartley!

La Corte de Apelación de Trabajo de San Pedro de Macorís ha asestado otro contundente golpe a las andanzas del cura Christopher Hartley contra la industria cañera y la economía dominicana, un signo alentador porque evidencia que las autoridades  reaccionan para contrarrestar las andanzas del satánico “ministro”.

En una decisión que enaltece a los jueces actuantes en el caso, ese tribunal revocó una sentencia que extrañamente daba ganancia de causa a un grupo orientado por Hartley desde Etiopía, al ordenarle al ingenio Cristóbal Colón la suscripción de contratos escritos con los obreros.

Sin embargo, al conocer el caso en apelación, el tribunal encontró que la sentencia de marras carecía de base legal, desnaturalizaba hechos y violaba principios del Código de Trabajo.

Y es alentador que su revocación fue decidida a unanimidad por los magistrados Manuel Ramón Herrera Carbuccia, José Rosa Franco, Juana María Núñez Pepén, Félix Servio Silvestre Ramírez y Juan Tomás Mercedes Payano, porque demuestra que la conciencia crece.

La corte valoró que el trabajo en si no es el que consta en el escrito sino el que es ejecutado en los hechos, y razonó que es nulo de pleno derecho todo pacto  en el que las partes hayan  procedido en simulación o fraude a la Ley Laboral, sea aparentando normas contractuales no laborales, imposición de personas o de cualquier otro medio.

La sentencia revocada favorecía a personas cuya relación laboral con la empresa no pudo ser establecida, y a otras de quienes quedó claro que al ser tomada esa decisión judicial no realizaban labor alguna para el señalado ingenio.

No tomaba en consideración dictados de la Suprema Corte de Justicia en el sentido de que el contrato de trabajo es un “contrato-realidad” en el que los hechos subordinan a los documentos.

Pero los integrantes de dicha Corte de Apelación de Trabajo analizaron y convinieron en que el contrato de trabajo no está  sujeto a la obligatoriedad de la formalización por escrito.

Otras demandas animadas por el cura farsante y sus secuaces dominicanos fueron desestimadas por la corte, entre ellas la de obligar a la empresa demandada a ejecutar planes de vivienda para sus trabajadores, algo no amparado en la Ley Laboral.

Traigo a cuento esta sentencia porque me alegra que, por fin, los dominicanos empezamos a hacerle frente a la campaña de difamación internacional promovida por Hartley con el concurso de malos dominicanos entre los que con frecuencia es citada la abogada Noemí Méndez.

Ojalá sigamos en esa dirección, porque aunque tardamos para despertar, todavía podemos recuperar el terreno perdido.

El Nacional

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