SÁNCHEZ RAMÍREZ.- Fueron condenados a 40, 30 y 20 años de prisión dos hombres y una mujer por la muerte de un reconocido folclorista de Cotuí, en momentos cuando este llegaba a su residencia junto a su esposa y su bebé de un mes de nacido.
Por el hecho contra Manuel Marino Vinicio Soto Paredes, mejor conocido como “Soto Mayor”, el Tribunal Colegiado de aquí condenó a 40 años de prisión a Ramón Colón Guzmán (Chocolate) y a 30 años a Ángel Maria Abad (Aguedito), mientras que Yoselin Díaz (La Pincha), esposa de Colón Guzmán, fue sentenciada a 20 años de reclusión.
El tribunal lo declaró culpable de la violación de los artículos 59, 60, 265, 266, 379, 381, 382, 384, 295, 296, 297, 298, y 304 del Código Penal Dominicano, así como también de haber violado los artículos 66 y 67 de la Ley No. 631-16 sobre Armas, Municiones y Materiales Relacionados, indica un comunicado de prensa divulgado por el Ministerio Público.
Manuel Marino Vinicio Soto, de 39 años de edad, era organizador del carnaval de la ciudad de Cotuí y uno de los principales representantes de esa celebración, por lo que el trágico hecho dejó profundamente triste y consternada a toda la comunidad.
El expediente indica que durante el asalto perpetrado por Colón y Abad la víctima “Soto Mayor” recibió una herida a distancia por proyectil de arma de fuego en el hemitorax izquierdo, sin salida, siendo trasladado a un centro médico de la zona donde falleció varios minutos después.
Asimismo, establece que la nombrada Joselin Díaz Sánchez tenía conocimiento de dónde, cómo y a qué hora se cometería el hecho, además de que facilitó su casa para la planificación del crimen y posteriormente se encargó de guardar el arma de fuego con la que le quitaron la vida a Vinicio Soto.
Se destaca, respecto a la condena de 40 años de prisión impuesta a Ramón Colón Guzmán, que es la tercera sentencia que se obtiene a la pena que se obtiene en el país contra acusados de violar la referida ley de arma. Las otras dos fueron impuestas en días recientes por tribunales de Santo Domingo Este.