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Olivares considera “desafortunada” sentencia del TSE

Olivares considera “desafortunada” sentencia del TSE

 SANTO DOMINGO. El ex juez de la Junta Central Electoral (JCE), doctor Eddy Olivares, calificó de “desafortunada” la sentencia 023-2017 del Tribunal Superior Electoral (TSE), tras asegurar que cuando un dirigente político acepta presentarse en unas elecciones como candidato en la boleta de otra organización, automáticamente “se excluyó” de su partido.

Olivares se refirió al fallo del TSE que da derecho a cuatro legisladores electos en la boleta del oficialista Partido de la Liberación Dominicana a seguir siendo miembros del Directorio Presidencial (DP), máximo órgano de dirección ejecutiva del opositor Partido Reformista Social Cristiano (PRSC).

Entiende que esa sentencia le hace daño al sistema de partidos políticos en la República Dominicana.

Indicó que esa es una situación que no necesita ni siquiera un juicio disciplinario a lo interno del partido, “ni se puede aplicar el alegato de que hay que garantizar el debido proceso”.

“Es que en ese caso, que un dirigente acepte ir como candidato en la boleta de otro partido, no requiere proceso, ya que esa persona voluntariamente decidió irse de esa organización”, manifestó.

Dijo que eso es un asunto de lógica y elemental “en este sistema o en cualquier otro sistema”.

Insistió que es es “desafortunada” la decisión del TSE por entender que le hace al sistema de partidos políticos, “independientemente de la argumentación que se tenga”.

Resalto  que el hecho de inscribirse como candidato de otro partido en unas elecciones, “ya se excluyó de su partido, y eso lo establecen los propios estatutos de los partidos, que son sus leyes internas”.

El ex magistrado de la Junta Central Electoral ofreció sus declaraciones al ser entrevistado en el programa “El Tribunal de la Tarde” que se transmite por Coral 39.

Choque JCE y TSE

 Por otra parte, Eddy Olivares declaró que deben evitarse los choques entre la Junta Central Electoral y el TSE porque desafortunadamente afecta significativamente el funcionamiento del sistema de partidos.

Explicó que las atribuciones del TSE están perfectamente definidas en la ley orgánica de ese tribunal y en su parte esencial en la Constitución de la República.

Dijo que se han producido una serie de choques entre los dos órganos, “sin embargo, hay que aclarar siempre que el órgano supremo electoral de la República Dominicana es la JCE”.

“En el caso de TSE, es un órgano jurisdiccional, el cual tiene que procurar siempre evitar, sobrepasar las atribuciones que le da la Constitución y la Ley”, expresó.

Recordó que hubo una situación en ese sentido que afectó no solo a la JCE, sino que también de alguna manera el TSE, que se arrogó atribuciones que correspondían al Tribunal Superior Administrativo, “y entonces al final, el Tribunal Constitucional dictó una sentencia en relación con una de esas decisiones, en la que definió claramente cuales eran las competencias del tribunal”.

 

El Nacional

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