Opinión

Propuesta Colegio de Abogados

Propuesta Colegio de  Abogados

Susi Pola

El Código Penal dominicano, como nueva propuesta, ha sido depositado ante el Congreso Nacional por el Colegio de Abogados y Abogadas, esta vez, sin los artículos referidos al aborto y su penalización, argumentando que se procura salvar el contenido del código, dejándolos fuera para consenso y para una ley especial.

Hasta aquí, la maniobra es deseada, porque el tema del aborto nunca debió de estar dentro de la ley penal, siendo un asunto de salud referido al cuerpo de las mujeres y a su consideración como ciudadanas equiparables a los ciudadanos. El aborto debe estar en una ley referida a la salud sexual y a la salud reproductiva, definitivamente. Un anteproyecto que ya está en el Congreso desde finales de 2013, en profundo ¨estudio¨.

Sin embargo, la solicitud contemplada en la ley penal reintroducida por el Colegio de Abogados y Abogadas es la de ¨suprimir la Sección III, relativa al aborto y los artículos 107 al 110, reenumerando los referidos artículos y estableciendo un artículo que deje vigente las actuales disposiciones sobre la materia contenidas en el código penal en vigor¨. Es decir, que nos mantengamos en la ley penal del siglo XIX y mantengamos la discriminación y la alta mortalidad materna, o lo que es igual, mantener el menosprecio sobre el mismo cuerpo y mente de las dominicanas.

El Colegio propone, además, diferir las discusiones sobre la pertinencia o no de despenalizar al aborto para un debate posterior, que conduciría a una ley especial consensuada sobre todo lo relativo al aborto. Como ignorancia no puede ser, pareciera que directivos del gremio se están burlando de las dominicanas, las más indicadas y las menos escuchadas, en una discusión que mantiene en vilo la modificación de la ley penal desde hace más de 16 años.

Otro error de los argumentos presentados, al menos es lo que menciona la prensa, es decir que los artículos referidos al aborto causaron la anulación del Código Penal por parte del Tribunal Constitucional, lo cual no es cierto. El Código Penal fue declarado inconstitucional por razones de procedimiento en el proceso de promulgación, así quedó establecido en la sentencia que lo decidió, agregando que el Tribunal Constitucional, no opinaría sobre el fondo de esos artículos, por considerarlo innecesario, habida cuenta de que el Código, era nulo. (Por cierto, una manera conveniente de salirse de la discusión!).

Otra vez el tema del aborto se entrampa en un proceso electoral, intervención de los poderes de facto incluido, para que una sociedad política vulnerable a las amenazas de esos poderes, abandone a las dominicanas a su suerte.

El Nacional

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