Opinión

Puntos… y picas…

Puntos… y picas…

La extensión del período

SANTIAGO.– Los honorables senadores y diputados de la República han puesto a correr la “bola”, como especie de globo de ensayo, de que en la próxima reforma constitucional incluirían la extensión de dos años al actual período electivo de los miembros del Congreso Nacional, así como a síndicos, regidores y suplentes, elegidos hasta 2010.

Según el mandato del pueblo en las elecciones  de 2006, los miembros del Poder Legislativo, así como los integrantes de gobiernos edilicios, fueron escogidos para un cuatrienio y, como tal, al término de esos cuatro años deben cesar en sus funciones, el 16 de agosto de 2010.

Fue a partir de la forzada reforma constitución de 1994, producto de la crisis política que enfrentó los liderazgos del presidente Joaquín Balaguer y del opositor perrredeísta José Francisco Peña Gómez, cuando se dividieron las elecciones, se eliminó así el arrastre y, a partir de 1996, inició el ciclo de cuatrienios con dos años de diferencia con el período legislativo y municipal.

Los propósitos que se perseguían en aquella ocasión fueron logrados, entre ellos eliminar el fantasma del caudillismo cuando se “bajaba línea” y los partidos mayoritarios, los más votados, en la práctica designaban senadores, diputados, síndicos y regidores con la sola postulación, no tenían que hacer campaña y hasta desconocidos eran para los electores. Ganaban por arrastre.

Es cierto que existe la intención y está en ánimo de sectores sensatos y de opinión pública la propuesta de unificar, que quiere decir realizar en el mismo año y no necesariamente el mismo día, las elecciones generales para los poderes Ejecutivo, Legislativo y municipal.

 Pero de ahí a pugnar por una extensión a dos años de los que fueron elegidos por cuatro, para que en 2012 coincidan todas las votaciones, resultaría en un abuso de poder, burla al pueblo y acción totalmente inconstitucional de los miembros del Congreso Nacional, quienes en su mayoría en privado están de acuerdo con la extensión y en público la niegan.

La ley no tiene carácter retroactivo y sólo se aplica así si es para beneficiar a un condenado o en medio de un proceso judicial (lo que no se aplica en este caso), es decir, que si se decide la unificación de las elecciones en un mismo año, y eso se acuerda en la reforma constitucional, no puede aplicarse en provecho de los actuales legisladores, síndicos y regidores.

La lógica y la sensatez indican que, para lograr la unificación de las elecciones en el mismo año, hay dos posibilidades dentro del orden constitucional y con apego a la ley.

Estas variables son que se realicen las próximas legislativas y municipales por dos años para que en 2012 coincidan todas las votaciones, o los miembros del Poder Legislativo, por excepción esta vez, sean elegidos por  seis años, por igual para que en 2016 concurran los distintos niveles de elección y se produzcan la anhelada unificación el mismo año.

Otro intento sería una aberración, ilegalidad y despropósito, además de inconstitucionalidad.

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El Nacional

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