En el País

Resolución de tele tratrabajo tiene sus debilidades a favor del trabajador, analiza experta laboral

Resolución de tele tratrabajo tiene sus debilidades a favor del trabajador, analiza experta laboral

Santo Domingo.- Una abogada consultora y experta en derecho laboral aseguró que la resolución 23-2020 sobre teletrabajo deja en el aire puntos importantes que podrían favorecer a los empleados, como cumplimiento de horario, cancelaciones o despidos, accidentes laborales y supervisión laboral.

La licenciada Dannetty Lugo explicó que la misma no deja clara la autonomía del trabajador y que ésta podría chocar con líneas y pautas del empleador.

Agregó que la disposición gubernamental no establece puntos como accidentes de trabajo dentro del lugar, protección de la seguridad social y enfermedades ocupacionales.

Puntualizó que, en caso de la ruptura del contrato de trabajo o despido iniciado por la empresa, hay que establecer en base a cuál o cuáles faltas se sustentaría la decisión, lo que a su juicio constituye una gran ventaja para el trabajador.

Consideró que hay puntos que escapan al control de los empleadores y los trabajadores, como lo relativo a la productividad.

“En el caso de los pequeños empresarios con uno o dos colaboradores y que no han realizado un contrato de trabajo o el adendum que manda la resolución en esta modalidad, si despiden al trabajador tendrían una posición en desventaja porque no están cumpliendo con las reglas”, indicó

Asimismo, planteó como nuevas figuras en la relación laboral el tecno estrés, confidencialidad de los datos, ciber seguridad, al tiempo que presiona a las empresa para crear sistemas de monitoreo de productividad y ambiente de trabajo, y para evitar aislamiento laboral.

Refiere que las empresas tienen un compromiso de proporcionar las herramientas de trabajo y establecer manuales.

“Un factor clave es que reconoce la voluntariedad, el derecho de los tele trabajadores de realizar esta modalidad de trabajo de manera voluntaria, aunque exige la creación de un contrato o modificación del existente”, indicó.

Precisó que la modificación del trabajo deberá hacerse mediante una adenda previo análisis de condiciones y factibilidad de las labores a ejecutar, detallando las funciones y el lugar donde será desarrollado.

Por Pedro Angel

 

El Nacional

La Voz de Todos