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Esta semana la comunidad jurídica nacional ha recibido dos noticias, una excelente y una pésima. Esta última, que se ramifica hacia lo constitucional y lo político, se refiere a un comunicado publicado como espacio pagado en todos los periódicos nacionales por el presidente del Colegio Dominicano de Abogados (Card) en el que “asegura no es necesario referéndum para la postulación del Presidente Fernández”.

El mismo no tuviese ninguna o poca trascendencia si el Lic. Diego José García, que nadie le conoce ni le reconoce trayectoria destacada como jurista y que está donde está por ser un “cuadro” del partido oficial, no hubiese tenido la osadía de manifestar “su posición en representación de TODOS (así, en mayúsculas) los abogados dominicanos”, la que, por demás, no considera “una opinión parcializada e interesada”.

Lo primero es que, de conformidad con la ley, la función de los presidentes de los colegios profesionales no es la de representar a todos sus miembros, sino las de regular el ejercicio y defender las reivindicaciones del gremio. Lo segundo es que, en el caso de la especie, arrogándose esta “representatividad” de los abogados este individuo le falta el respeto a todos los juristas que tienen opiniones disímiles a la suya, y por demás bien fundamentadas en Derecho, también por la desfachatez con que se despacha unos argumentos disparatados que no valen la pena comentar ni refutar sobre la interpretación del artículo 124 de la Constitución relativo a la elección presidencial.

Para colmo, acusa a los juristas que se han manifestado públicamente sobre el tema y que no coinciden con su “posición” de  tener un sesgo en contra de que el Presidente Fernández se postule de nuevo a la Presidencia de la República. Para muestra del burdo desatino de quien debería ser destituido del cargo como sanción disciplinaria por usurpar funciones, lo declarado al respecto por Flavio Darío Espinal, reputado constitucionalista, asesor presidencial en el pasado proceso de reforma y a quien se le reconoce ser o haber sido cercano colaborador del Presidente, a saber: “Mi interpretación es que para que haya reelección tiene que modificarse la Constitución. No se puede hacer vía interpretación (por el Tribunal Constitucional) porque no hay ningún margen ahí para eso, pero tampoco puede hacerse a través de un referéndum al margen de la Constitución”.

Y es de público conocimiento que coinciden con Espinal una gran mayoría de juristas de los que tienen una bien ganada reputación en materia constitucional, entre los que me atrevería a incluir al mismo Presidente Fernández, a quien quizá le convendría contener estos desvaríos de adeptos que pretenden “ayudarlo y ayudarse” a resolver un asunto político-partidario desde una simulada perspectiva  jurídico-constitucional.

Por su parte, la excelente noticia es la puesta en circulación del libro del magistrado  Hermógenes Acosta de los Santos titulado “El control de constitucionalidad como garantía de la supremacía de la Constitución”, editado por la Universidad Apec, obra académica que promete arrojar luz sobre verdaderas competencias del Tribunal Constitucional.

El Nacional

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