Opinión

Amparo en el PRD

Amparo en el PRD

El Partido Revolucionario Dominicano interpuso una acción de amparo, que persigue anular una resolución de la Junta Central Electoral que varió el lugar de la casilla electoral que le corresponde a esa organización política, conforme al número de votantes que obtuvo en las pasadas elecciones presidenciales, decisión apartada de leyes adjetivas y de la Constitución de la República.

La acción amparo es atinada, pues se trata de un derecho vulnerado por una autoridad pública, sin tener atribuciones contenciosas y afecta intereses adquiridos, que no pueden ser menoscabados por un organismo administrativo.

Un abogado despistado recurriría en apelación la resolución de marras, la cual devendría en inadmisible, dado que la JCE no es una instancia jurisdiccional.

El Tribunal Superior Electoral, apoderado de la acción de derecho, contemplada en la Carta Magna, es la jurisdicción competente para conocer las controversias electorales, y se asume que, por la experiencia de sus jueces, corregirán el entuerto de la Junta, a todas luces mostrenca y carente de base legal.

Realmente es inexplicable la resolución de marras, pues al computar los votos válidos en los niveles presidencial, congresual y municipal a una entidad política, estaría aplicando el modelo de una boleta de arrastre, que no es el caso de la especie, dado que existe el voto preferencial, instituido por ley.

Nos extraña que una decisión administrativa haya tenido el apoyo de dos integrantes de la Junta, quienes son verdaderos letrados en el sentido más estricto de la palabra. Se trata del doctor Julio César Castaños Guzmán y la distinguida intelectual, doctora Carmen Imbert Brugal, una de las mujeres más preparadas en el ámbito literario y judicial del país, con una ilustre experiencia como miembro del Ministerio Público y jueza de instrucción.

El nuevo presidente de la JCE, renunció como magistrado de la Suprema Corte de Justicia, para aceptar el cargo. Su larga trayectoria ejerciendo en materia civil, no explica cómo pudo ser parte de una desacertada decisión. Ambos deberían hacer un acto de contrición.

La lógica indica que si la sumatoria de los votos de los niveles congresual y municipal, se aplicarían a la candidatura presidencial, esos sufragios podría determinar el ganador de unas elecciones, sin que la persona nominada a la jefatura de Estado, haya obtenido el más alto porcentaje de votación, que en el caso de nuestra legislación seria más de un 50%.

El Nacional

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