Opinión

Divorcios y conflictos

Divorcios y conflictos

Hugo A. Ysalguez

Aunque de por sí los divorcios provocan trastornos en la familia, los conflictos que generan se debaten asiduamente en los tribunales de la República, dado que abundan las demandas en partición de bienes y la custodia de los menores. También originan depresiones que los especialistas de la conducta llaman ¨periodo de duelo¨.

La ligereza y la prontitud que exhiben los legisladores al aprobar leyes especiales y códigos, derogan sin motivos, normas de orden público, como es la infracción del adulterio que fue despenalizado por la ley 24-97, y el nuevo Código Penal que está siendo conocido por el Congreso, se lleva de paro la bigamia, un crimen cuya sanción puede llegar hasta diez años de reclusión.

Hay dos tipos de divorcios: por incompatibilidad de caracteres y mutuo consentimiento de los esposos. Entre las causales de la separación legal se citan las injurias graves cometidas por uno de los cónyuges, el abandono voluntario del hogar, siempre que no regrese en el término de dos años. También es una de las causas la embriaguez habitual de uno de los esposos, el uso habitual o inmoderado de drogas estupefacientes.

El país vive una época en que los matrimonios no perduran dos años, situación que revela la crisis de la familia
Cuando una persona contrae nupcias, ignorando que su pareja está casada, el matrimonio es nulo y se reputa como un matrimonio putativo, un enlace que reconoce la legitimidad de los hijos que se hayan procreados y los derechos de la comunidad matrimonial.

Se han registrado casos en los tribunales, cuando la primera esposa del cónyuge engañoso, ha impugnado la calidad de la esposa o esposo del matrimonio putativo para formular reclamaciones en partición de bienes.

Los conflictos que provocan los divorcios son interminables. El artículo 24 de la ley de divorcio, permite a la mujer casada figar sellos a los bienes muebles de su marido y trabar embargos retentivos a sus cuentas bancarias. También la cónyuge tiene el derecho de inscribir la hipoteca legal de la mujer casada a los inmuebles adquiridos entre ambos. Estas medidas cautelares tienen el fin de evitar la distracción de los bienes de la comunidad.

El país vive una época en que los matrimonios no perduran dos años, situación que revela la crisis que afecta la familia dominicana. Cada día crece el número de personas que se inclinan por uniones de hecho o consensuales, lo que se conoce como concubinato, estatus que genera los mismos derechos que los matrimonios realizados por el régimen de la comunidad matrimonial.

El divorcio por mutuo consentimiento no será admitido, sino después de dos años de matrimonio, como tampoco lo será después de treinta años de vida común. Sin embargo, decenas de divorcios de matrimonios con más de tres décadas de existencia, han sido acogidos por los tribunales, sin que los jueces los hayan rechazados, probablemente por inobservancia del tiempo de las actas de matrimonio.

El Nacional

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