Opinión

El medio ambiente

El medio ambiente

Namphi Rodríguez

El derecho a un medio ambiente digno y sano está íntimamente relacionado con la calidad de la vida y configura un requisito indispensable para el ser humano.

Este derecho se erige en una protección contra los daños ambientales sobre los que los individuos no tienen control y reconoce la necesidad de mejorar el ambiente para las generaciones presentes y futuras.
El derecho al medio ambiente constituye uno de los nuevos derechos sociales o de tercera generación de nuestra Constitución, la cual, a su vez, lo reviste de un blindaje procesal como derecho colectivo.

En lo referente a los derechos de las personas, el concepto de consumo sostenible está relacionado con la creación de una cultura que propicie el uso de bienes y servicios que respondan a necesidades básicas, a fin de controlar la explotación indiscriminada de los recursos naturales, disminuir las emisiones y desperdicios contaminantes, de forma que se garantice el equilibrio de las generaciones futuras.
Esa es una tarea conjunta del sector privado, el Estado y la opinión pública, que tienen que asumir conciencia de la necesidad de educar a los ciudadanos para una vida equilibrada.

Consumers International (organización internacional de consumidores) ha advertido que deben encontrarse estrategias para promover la necesaria mejora de la calidad de vida, a fin de preservar un medio ambiente natural y asegurar una equitativa distribución de los recursos del mundo.

En ese tenor, es relevante el énfasis que adquiere el principio de equidad intergenracional en los sistemas sustentables, pues es un imperativo el desarrollo de las preferencias por productos y procesos que permitan mayores niveles de producción con menos recursos, menos energía y menos desechos.

Bienes y servicios basados en el uso de recursos y energías renovables que tengan presente la continuidad del desarrollo, minimizando la creación de emisiones tóxicas y reconociendo el nivel de la capacidad de absorción del medio ambiente local.

El artículo 67 de la Constitución preceptúa que constituye un deber del Estado prevenir la contaminación, proteger el medio ambiente en provecho de las presentes y futuras generaciones.

En consecuencia, toda persona tiene derecho al uso y goce sostenible de los recursos naturales, a habitar en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado y adecuado para el desarrollo y preservación de las distintas formas de vida, del paisaje y de la naturaleza.

A partir de ahí, la protección del medio ambiente se configura como una obligación del Estado que debe adoptar acciones positivas para la promoción del uso de tecnologías y energías alternativas no contaminantes, al tiempo de prohibir la introducción, almacenamiento o uso de productos, armas o residuos nocivos en el país.

El Nacional

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