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Ignoran entrada en vigencia Ley Tránsito

Ignoran entrada en vigencia Ley Tránsito

Las expectativas creadas tras la promulgación de la Ley 63-19 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana, que creó además el Instituto Nacional de Transporte Terrestre (Intrant), se desvanecen porque se creía se iba a poner en cintura a los choferes de carros públicos y con ello eliminar el caos en el tránsito, pero la normativa está en “veremos”, y no se vislumbra cuándo iniciará en definitiva su aplicación.

El Intrant publicó ayer un espacio pagado donde invita al público en general a participar en el cierre del procedimiento de consulta pública de los varios reglamentos, de inspección técnica vehicular, de licencias de conducir y de certificado médico psicofísico de conductores.

El artículo 359 de la Ley 63-17 expresa: “Entrada en Vigencia. La presente ley entrará en vigencia a partir de su promulgación por el Poder Ejecutivo”.

No se conoce cuántos reglamentos de aplicación, de los 44 requeridos por la Ley 63-17, se han elaborado, pero partiendo del espacio pagado, aún no hay ninguno.
Tras promulgada la Ley 63-17, esta debió entrar en vigencia el primero de julio, o sea, seis meses después, pero la falta de los 44 reglamentos aplazó su aplicación hasta el primero de diciembre, hoy a cuatro días, su destino es incierto cuando se pondrá a funcionar.

El Poder Ejecutivo promulgó la Ley 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana, el 21 de febrero del 2017, y se publicó en la Gaceta Oficial con el número 10875 el 24 de febrero de 2017, sin embargo esta normativa que se presume viene a eliminar el caos en el tránsito del país, sigue en el aire.

Un Apunte

15 años en el Congreso

El proyecto sometido por el diputado Tobías Crespo, permaneció en en los archivos del Congreso Nacional por más de 15  años, consta de 360 artículos., se aprobó de urgencia en dos secciones consecutivas en la Cámara de Diputados, el 21 de diciembre del 2016, luego la remitió al Senado que modificó la iniciativa y la aprobó en dos lecturas el 8 de febrero del 2017, retornando a la Cámara Baja, que conoció y acogió las enmiendas, y en una sesión la convirtió en Ley el 10 febrero del 2017.

Los reglamentos a elaborarse son en las áreas de licencias, inspección vehicular, marbetes, transporte, escuelas de choferes, fiscalizaciones y su monto, entre otros.
Previo a la aplicación de la Ley 63-17, la mayoría de la población desconoce sus alcances, pues las autoridades no han puesto en marcha campañas educativas e informativas, para que la población conozca el pro y los contra de esa legislación.
Transportistas de carga y de pasajeros, ven que las autoridades están dando larga a la puesta en marcha de citada Ley 63-17, “porque temen las consecuencias que generará esa normativa”.

En Números

5,200
Pesos
Será el mínimo que deberán pagar de multa los conductores de vehículos de cualquier tipo.

Multas
Las multas por violación a las normativas de tránsito serán de uno a 20 salarios mínimos, según sea, y tendrán un costo mínimo de RD$5,200 pesos, que deben saldarse en un plazo de 30 días. La Ley 63-17, por primera vez fija multas para los peatones, cuando violen la ley de tránsito o si provocan accidente de tránsito.
El conductor que transite con un farol roto, que no lleve colocado el cinturón de seguridad, se estacione mal, en la acera, o un motociclista no lleve puesto el casco protector, se expone a ser multado con 5,200 pesos.

La legislación contempla castigo al conductor o al pasajero que lance desperdicios desde el vehículo al pavimento, y los conductores de vehículos de carga o pasajeros, deberán conducir por el carril de la derecha de lo contrario serán multados.

Los choferes de carros del concho no podrán abordar más de cinco pasajeros (uno delante y tres atrás), a los conductores de minibuses se le prohibió colocar asientos adicionales para sentar pasajeros, y los conductores del transporte de pasajeros, urbano e interurbano, solo podrán tomar pasajeros en las paradas establecidas por el Intrant, de lo contrario, se exponen a multas de un salario mínimo del sector oficial.
A la legislación obliga a los pasajeros de motoconcho usar casco protector, y los motociclistas sólo deberán abordar un usuario, para evitar una multa desde uno a cinco salarios mínimos.

Eliminan organismos
Tras entrar la Ley 63-17, desaparecieron la Dirección General de Tránsito Terrestre (DGTTY), Oficina Técnica de Transporte Terrestre (OTTT), Fondo de Desarrollo del Transporte Terrestre (Fondet), Consejo para la Administración y Regulación de Taxis (CART), Caja de Pensiones y Jubilaciones para los Choferes del Transporte Público, Autoridad Metropolitana del Transporte (AMET), y Autoridad Metropolitana del Transporte de Santiago (Ametrasan.

Empero, se creó el Intrant, el Observatorio Permanente de Seguridad Vial, Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett), Escuela Nacional de Seguridad Vial (Enevial), y Consejo de Dirección del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Condintrant).

La administración del Metro de Santo Domingo y de la Oficina Metropolitana de Servicios de Autobuses (Omsa), pasarán al sector privado o se convertirá en empresas mixtas, dice la Ley 63-17 en su artículo 356.

Obstáculos
La persona, comerciante, empresa, conductor, agencia de vehículos o buhonero que obstaculice, aceras y calles sin previa autorización, se expone a ser multado con RD$5,200, si reincide les aplicarán hasta cinco sueldos mínimos.

Ese artículo, el 147, indica: “Queda prohibido establecer quioscos, casetas, puestos de ventas en las vías públicas y paseos. La persona que viole esta disposición será sancionada con el pago de un salario mínimo del sector público”.

El Nacional

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