Opinión

La célebre Ley No. 278-85 (I)

La célebre Ley No. 278-85 (I)

La Ley No. 278-85 impone la obligación de contratar un artista nacional cada vez que se presenten espectáculos públicos, y que en cada contrato para presentaciones de artistas extranjeros se incluya una cláusula en virtud de la cual se les obligue a presentarse a razón de un peso por asistente, cuyos ingresos serán destinados a un fondo de asistencia social.

A pesar de haberse promulgado hace 31 años, nunca se le ha dado cumplimiento a esto último, dada la inviabilidad de celebrar un espectáculo artístico a cambio de semejante precio por derecho de admisión. Para valerme de un ejemplo, el Teatro Nacional tiene apenas 1,435 butacas, por lo que las recaudaciones a razón de un peso por persona ascenderían a nada menos que RD$1,435.00.

La razonabilidad, como principio, se contrae a que toda intervención pública sobre los derechos y libertades de los ciudadanos sea idónea, indispensable y proporcionada. Nuestra Constitución, en su art. 40.15, dispone que “…La ley es igual para todos. Sólo puede ordenar lo que es justo y útil para la comunidad…”.

La guía para determinar si una norma es violatoria de dicho texto, o lo que es igual, del principio de razonabilidad, es un test de razonabilidad desarrollado por la jurisprudencia colombiana, el cual se contrae a tres análisis: a) el del fin buscado por la medida (análisis de finalidad); b) el del medio empleado (análisis del medio), y c) el de la relación entre el medio y el fin (análisis de la relación medio-fin).

Me referiré en esta entrega y las dos siguientes a los dos últimos, pues salta a la vista la colisión de la Ley No. 278-85 con la libertad de empresa, derecho fundamental conforme al cual toda persona, en procura de obtener ganancias o beneficios lícitos, puede dedicar bienes o capitales a la realización de actividades económicas dentro del marco legal.

Al establecer una regulación negatoria del comprensible retorno de la aportación de capital, la ley de referencia no solo priva de las ganancias que comporta toda gestión o actividad empresarial, sino que también se lleva de encuentro el derecho de crear, regular, modificar o extinguir una relación jurídica de carácter patrimonial.

El Nacional

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