Opinión

Ni más ni menos

Ni más ni menos

La Empresa Brasileira de Aeronáutica (Embraer) aceptó someterse a un juicio abreviado en República Dominicana para reconocer ante tribunales nacionales que pagó US$3.5 millones en sobornos para la adquisición de ocho aviones Super Tucano en el año 2009.

Esa compañía ya adelantó siete millones de dólares correspondientes a la sanción máxima disponible que establece la ley 448-06 sobre soborno en el comercio e inversión, a la espera de que el Cuarto Juzgado de la Instrucción conozca el pedimento sobre juicio abreviado.

Por la densa humareda que provoca el debate en torno a los escándalos de sobornos realizados por empresas brasileñas para agenciarse la construcción de grandes obras o la adquisición de equipos, como los aviones Super Tucano, la ciudadanía desconoce a profundidad la normativa procesal que se aplica en cada caso.

El juicio abreviado o el acuerdo de encartados en un expediente criminal con el Ministerio Público, son figuras contentivas en el Código Procesal Penal, que estable las circunstancias y el protocolo que debe concurrir para poder materializarse, cuya decisión siempre corresponde a un juez.

En el caso de Odebrecht, consorcio brasileño que construye una serie de obras, incluido el complejo de generación eléctrica de Punta Catalina, acordó con la Procuraduría General el pago en multa de 184 millones de dólares, el duplo de la suma de los US$92 millones que dijo distribuyó en sobornos.

Ambas empresas arribaron a acuerdos con la justicia de Estados Unidos en términos similares, aunque muchos de sus ejecutivos confrontan procesos penales en Brasil, sede de esos consorcios, lo que indica que el Ministerio Público ha escogido la vía más expedita para resarcir en términos monetarios una infracción relacionada con práctica desleal en el comercio y la inversión.

Desde el punto de vista jurídico resulta muy difícil procesar penalmente a ejecutivos de esas empresas, porque siempre alegarán que actuaron por delegación, y porque donde procede una iniciativa de esa naturaleza es en el país de asiento de la razón social, como al efecto, ha ocurrido.

Lo importante sería que Odebrecht y Embraer cumplan con ofrecer al Ministerio Publico pruebas o evidencias que consoliden el expediente contra personas físicas cuyos documentos o testimonios permitan encartarlos en una acusación sólida. Contra las empresas que confiesan haber sobornado, solo proceden demandas civiles. Así de sencillo o de complejo.

El Nacional

La Voz de Todos