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Premian a jueces acusan corruptos

Premian a jueces acusan corruptos

Mensualmente, el CPJ cancela jueces sin que sean sometidos a la justicia penal.

Los jueces que incurren en actos de corrupción en el desempeño de sus funciones solamente son sancionados con la destitución del cargo, sin que les apliquen ningún tipo de sanción penal, lo que les permite abiertamente disfrutar de los bienes adquiridos de manera ilícita.
Contra ellos ni siquiera pesa la sanción moral en vista de que el Consejo del Poder Judicial (CPJ) no está dando a conocer las destituciones de los vinculados en esos casos.
Tal es el caso de los jueces José Antonio Cepeda Marty, del Tribunal de Tierras de la Jurisdicción Original de Samaná; y de la magistrada Margarita Altagracia Esther Mejía Roca, juez de la Ejecución de la Pena de San Pedro de Macorís, el primero cancelado por no declarar el incremento de su patrimonio y emitir fallos irregulares, y la segunda por supuestamente otorgar permisos a implicados en narcotráfico para que salgan del país.
La destitución de estos jueces no fue dada a conocer de manera oficial por el CPJ, a pesar de que las sentencias de ambos circulan desde hace varios días en los medios de comunicación.
El Nacional trató el miércoles de confirmar la destitución de estos jueces a través del encargado del Departamento de prensa y relaciones públicas del CPJ, Federico Méndez, pero hasta la fecha no ha ofrecido ningún tipo de respuesta.
Salvo raras excepciones, la mayoría de estos casos se queda sin sanciones penales, en vista de que contra los imputados no se actúa por la vía penal.

UN APUNTE:

Precedente
Hace poco, el Consejo del Poder Judicial canceló a varios jueces de la provincia Santo Domingo, acusados de vender sentencias a personas acusadas de narcotráfico y sicariato, sin que el Ministerio Público los sometiera por la vía Penal. Para muchos, la situación es preocupante, en vista de que estos jueces se van a sus hogares a disfrutar las fortunas que obtienen fruto de la corrupción que patrocina el narcotráfico y el crimen organizado como tal.

El Ministerio Público
En casi la totalidad de los casos solo opera la sanción disciplinaria por parte del CPJ, en vista de que ese organismo no está facultado para someterlos por la vía penal.
El organismo encargado de someter ese tipo de imputados es el Ministerio Público, quien hasta la fecha solo ha sometido casos muy marcados y seleccionados de jueces acusados de corrupción.
Últimamente, solo se conoce de los sometimientos que el Ministerio Público ha hecho contra los destituidos jueces Francisco Arias Valera y Awilda Reyes Beltré.
Opinan los abogados
Sobre el particular, juristas y decanos de escuelas de derecho de las principales universidades del país opinan que ciertamente el Ministerio Público debe proceder por la vía penal contra los jueces que sean encontrados culpables de corrupción.
Reynaldo Fermín
Al respecto, el jurista Frank Reynaldo Fermín dijo que si bien es cierto que estos jueces deben ser procesados penalmente, no menos cierto es que los integrantes del CPJ deben tener mayor idoneidad e imparcialidad a la hora de sancionar a un magistrado.
Consideró que en la mayoría de los casos, los miembros del CPJ no actúan con imparcialidad, sino apegados a otros tipos de conceptos.
Antoliano Peralta
El también jurista Antoliano Peralta consideró que dichos magistrados deben ser procesos por la vía penal, bajo el principio de que la ley es igual para todos.
“Cuando una violación implica una falta de carácter penal entonces no es suficiente con la simple destitución sino que procede su sometimiento a la justicia penal bajo el principio de que la ley es igual para todos”, manifestó Peralta.
Dijo que ha sido una práctica la simple destitución de funcionarios judiciales que cometen actos contrarios a la ley, aunque “felizmente advierto que esa práctica ha venido cambiando en los últimos tiempos”.
Cándido Simón
Al respecto, el catedrático Cándido Simón observó que el juicio y la sanción disciplinaria contra un juez no impide su procesamiento penal o civil por los actos de prevaricato que haya cometido en ocasión o relación de sus funciones, porque una cosa no impide ni implica necesariamente la otra.
Manifestó que, sin embargo, el Consejo del Poder Judicial no siempre actúa apegado al debido proceso, dado que según él, por lo general sus decisiones no son un buen parámetro para juzgarlos penalmente, y por otra parte, en la práctica el Ministerio Público no siempre acciona contra un juez prevaricato, salvo algunas excepciones.
“En el país no existe la prevaricación judicial como tipo penal en sí mismo, como sucede en España y algunos países de América Latina, por ejemplo, que sus leyes consignan este tipo como una especie del prevaricato común, que no se ajusta”, dijo.

El Nacional

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