Imprescindibles y continuismo
El servidor público es la persona que brinda un servicio de utilidad social desde una función del Estado en beneficio del ciudadano y cuando se trata de altos cargos el período de ejercicio está delimitado en la Constitución y leyes porque no tiene carácter perpetuo.
Los cargos públicos son temporales, limitados en tiempo, porque implican sacrificio personal, renunciar al beneficio particular en pro del interés colectivo y suponen desprendimiento, dedicación casi exclusiva y otros principios jurídicos de la administración estatal.
La renovación del liderazgo es consustancial a la dinámica política de la que derivan los altos cargos ya sea por elección popular directa o por vía indirecta, de segunda grado, por mandato de la Constitución y siempre con el límite de tiempo que lleva intrínseca la alternancia contraria al continuismo.
La mala costumbre en práctica política, revestida de legalidad formal y carente de legitimidad popular, ha derivado en endiosamiento de servidores públicos en específicas posiciones de alto nivel, como si no hubiese recursos humanos en capacidad de sustitución o de darle continuidad a la función. Esos hombres “imprescindibles” hacen daño a la institucionalidad democrática, son estimulados a creerse superdotados, únicos e insustituibles y con el tiempo y desgaste natural pasan a considerarse dueños de posiciones que ocupan y a confundir el interés colectivo con el beneficio particular.
Esa es la realidad viviente que conduce a la desgracia del continuismo e intentos de perpetuidad en el ejercicio de funciones públicas que tanto daño ha hecho al país a lo largo de la historia, a veces antesala de regímenes totalitarios, de caudillos y dictadores.
La sabiduría popular recuerda que las personas pasan y cargos o posiciones quedan porque por encima del interés particular está la institucionalidad, nadie es imprescindible, mucho menos tan bondadoso para “sacrificarse” más del tiempo establecido de servicio público.