Opinión

Quinta esencia: Juicio y locura

Quinta esencia: Juicio y locura

Todos los procesos judiciales son traumáticos. Unos más, otros menos; pero ninguno deja de ser frustratorio. No importa que ganes el pleito, como quiera perderás. Una maldición china, consiste en el deseo de tu enemigo de que te compres un carro viejo o que entre abogados te veas, pleitos tengas y que los ganes. Se da por sentado que de todas maneras te irá mal.

Muchos litigantes no se dan cuenta de que un mal arreglo, dentro de lo soportable, siempre es más provechoso que un buen pleito en la justicia. El colmo lo producen los herederos que no se ponen amigablemente de acuerdo con la partición de los bienes que forman la masa sucesoria. Riñen por nimiedades económicas o simples antojos frente a determinados bienes.

Provocan que la partición de los derechos dejados por su causante o de cujus, que es la persona de cuya heredad se trata y que con su muerte abrió la sucesión, conforme al artículo 718 del Código Civil.

Entonces, los presuntos continuadores jurídicos, que son los herederos, legatarios o copartícipes, se vuelven irracionales. Tienen demasiado ansias de disfrutar del patrimonio de quien lo produjo con mucho trabajo, disciplina y organización. Sobre todo porque cuando los sucesores son incapaces de ponerse de acuerdo para repartirse amigablemente ese patrimonio, casi siempre se debe a que no tienen méritos personales, no legales, para recibirlo.

Para su desgracia, no se dan cuenta de que la ambición desproporcionada de uno o más de ellos, hace que la masa sucesoria tenga que repartirse entre los que legalmente tienen derecho, más los abogados que los representarán en el proceso judicial de la partición litigiosa. Y no saben el berenjenal en que se meten.

Veamos un simple ejemplo. Imaginemos que son cinco sucesores hermanos reconocidos por el causante, y que la heredad, valorada en conjunto y para los fines de esta ilustración, asciende a 200 millones de pesos. El cónyuge superviviente, casado bajo el régimen de la comunidad de bienes, es propietario de la mitad. Quedan 100 millones para ser repartidos entre los herederos.

El sucesor inconforme con la partición que se propone, y que los otros cuatro están de acuerdo, apodera un abogado para que procure satisfacer sus aspiraciones con una demanda en partición de la masa sucesoria. Los restantes coherederos no tienen otra alternativa que designar su representante legal para esas contestaciones. Los abogados pueden, por mandato de la ley de honorarios, cobrar hasta un treinta por ciento de los resultados de sus gestiones, asegurado en un contrato de cuota litis, si no estipulan otras condiciones de pago. En este caso, pactarán el referido porcentaje.

Recordemos que legalmente tienen los mismos derechos. Por tanto, les tocará 20 millones a cada uno, menos el treinta por ciento de los abogados. Esto es, cada heredero recibirá 14 millones neto, y los dos abogados recibirán 30 millones, o sea, 15 millones cada uno. ¿Qué le parece esta locura?

El Nacional

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