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SCJ rechaza recurso haitianos contra JCE

SCJ rechaza recurso haitianos contra JCE

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) rechazó un recurso de impugnación de veinticinco ciudadanos de origen haitiano, quienes acusaron a miembros de la la Junta Central Electoral (JCE) de violar sus derechos al no entregarles su acta de nacimiento como dominicanos y su cédula de identidad y electoral en el 2015.

El Juzgado de Instrucción Especial de la Jurisdicción Privilegiada, constituido por el magistrado Francisco Ortega Polanco, en su dictamen asegura que en la decisión de las Oficialías de las circunscripción en San Pedro de Macorís, Ramón Santana y San José de los Llanos, la JCE no cometió actos de violación a derechos humanos, ni discriminación ni fomento de apatridia, sino que actuó conforme a la ley.

El juez Ortega Polanco rechazó la objeción de los querellantes en contra del dictamen número 1347 dispuesto por el doctor Víctor Robustiano Peña, procurador adjunto, a favor de los miembros de la JCE, por entender que fue realizado conforme a la ley y en consecuencia ratifica la declaratoria de inadmisibilidad

La impugnación fue interpuesta por Wichna Joseph, Yanroni Faustin, Miguel Senfleur, Wilkend Joseph, Mariana Devilnor, Yenel Faustin, Luisa Farel Faustin, Yaquelin Faustin, Antonio Santiago Moisé, Belki Exantus y Yesula Devilnor.
Además, por Deula Devilnor, Marie Solange, Gabriel Novil, Miguelina Novil, Rosángela Antuán, Diener Devilnor, Jesús Alberto La Fle Yenia, Ana Julia La Fle y David Yenia.

También Marcia Noel Sentilis, Bernardo Noel, Rosa de los Santos Desir y Ana Moisé.
Los querellantes fueron representados por abogados del Centro Cultural Dominicano-Haitiano CCDH), la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), el Movimiento Socio Cultural de Trabajadores Haitianos (Mosctha, el Movimiento de Mujeres Dominicano-Haitianas (Mudha) y la Colectiva Mujer y Salud.

Los quejosos se querellaron ante la Procuraduría General de la República contra Roberto Rosario, Francisco Félix Féliz y Rosario Graciano, de la JCE, la que fue declarada inadmisible, por lo que elevaron ante la SCJ una querella en parte civil y petición de revocación de esa decisión.

Acusan a la la JCE y a las oficialías de retener de manera arbitraria sus actas de nacimiento y cédulas de identidad y electoral, en violación a derechos humanos y en abuso de poder.

El juez de la Suprema dictaminó el archivo del expediente y confirmó que el hecho no constituye una infracción penal, en razón de que no ha habido violación alguna al tipo penal establecido ni a la Constitución ni al Código Penal Dominicano.

La JCE, en la circular número 017 del 29 de marzo del 2007, y la resolución 12-2007, el 10 de diciembre, ordenó suspender provisionalmente la expedición de actas del estado civil que presentaren irregularidades o vicios que imposibilitaran su expedición y contra los oficiales del estado civil de las circunscripciones de la primera y segunda del municipio de San Pedro de Macorís, Ramón Santana y San José de los Llanos.

Ortega Polanco señaló que tomó la decisión porque el procurador adjunto en su inadmisibilidad de la querella se amparó, fundamentalmente, en que los querellantes no presentaron pruebas que sustentaran sus alegaciones y que no cumplieron los requisitos de admisibilidad.

El Nacional

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