Opinión

Yokaurys Morales Castillo

Yokaurys Morales Castillo

 Como se sabe, el referimiento es un procedimiento abreviado instituido para resolver provisionalmente casos especiales que no admiten dilación. De ahí que exija la adopción de una decisión rápida, a tal punto que el artículo 101 de la Ley No. 834 faculta al juez a “ordenar inmediatamente las medidas necesarias”, e incluso a autorizar al demandante a citar “los días feriados o de descanso…”. 

El fenecido profesor Froilán Tavares hijo era del criterio de que los referimientos, por encontrarse la competencia del juez subordinada a la urgencia, debían conocerse sin formalismos, y en la medida de lo posible, fallarse en audiencia. No obstante, en el curso de años recientes se había verificado una insufrible demora en instruirlos, y las ordenanzas tardaban en ocasiones lo mismo que un embarazo, despojando de sentido a esta acción autónoma –no recursiva- de origen francés.

El pasado 24 de mayo la magistrada Yokaurys Morales Castillo fue designada presidenta de la Cámara Civil y Comercial del JPI del Distrito Nacional, y no es secreto que al tomar posesión se tropezó con no pocos procesos pendientes de fallo, incluidos algunos del 2102. Sin embargo, su encomiable consagración al trabajo, de mano con su sentimiento de justicia, le ha permitido erradicar la mora acumulada.

Ganada igualmente del interés de reanimar el referimiento como procedimiento excepcional para resolver conflictos caracterizados por la urgencia, ha reducido los plazos para comunicar documentos y depositar escritos de motivación de conclusiones, y todas las veces que las circunstancias se lo permiten falla sur le champ, sin dejar de fundamentar en Derecho su parte dispositiva como garantía del derecho a la tutela jurisdiccional efectiva.

Si he de decir verdad, la magistrada Morales Castillo ha renovado la confianza que los abogados habían perdido en esta vía procesal consagrada para prevenir perjuicios inminentes o interrumpir turbaciones ilícitas, y no por otra razón es que me tomo la libertad de reconocer públicamente su abnegado esfuerzo en beneficio no sólo del sistema judicial, sino también de la solución de los diferendos inevitables de la convivencia humana.

El Nacional

La Voz de Todos